ACUMULAR A DEMANDA

FERNANDO

Miembro conocido
Demanda de despido: acumulo a la demanda por despido, una mensualidad no pagada + 15 días de preaviso en despido objetivo + finiquito: ¿creéis que me lo aceptarán? Si así no fuera, seguiría el juicio en cuanto a despdio y, lo demás, para otro juicio. ¿Qué opináis?
 

jcg73

Miembro activo
mi poca experiencia: no me han dejado acumular despido con cantidad en bcn, y en caso de improcedencia, q no procede reclamar los 15 días de falta de preaviso, dicho por el juez de turno previamente a la vista.
 

Mr. White

Miembro activo
jcg73 dijo:
mi poca experiencia: no me han dejado acumular despido con cantidad en bcn, y en caso de improcedencia, q no procede reclamar los 15 días de falta de preaviso, dicho por el juez de turno previamente a la vista.

Viene en la ley lo del preaviso, no hace falta acumular, art. 123.1 y 2 LRJS.
 

Mr. White

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Demanda de despido: acumulo a la demanda por despido, una mensualidad no pagada + 15 días de preaviso en despido objetivo + finiquito: ¿creéis que me lo aceptarán? Si así no fuera, seguiría el juicio en cuanto a despdio y, lo demás, para otro juicio. ¿Qué opináis?

El no ya lo tienes, así que do it.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es un despropósito: empleado envía burofax a empresario para que le pague la nómina y deje de fastidiarle. Nada más recibir el burofax, el empresario le envía una carta de despido por razones productivas (no lo dice, pero es objetivo)..... En fin, que, aunque el trabajador no quiere volver, pido nulidad y subsidiariamente improcedencia. El procedimiento, imagino, es el de despido objetivo, aunque el empresario no diga que se trata de tal despido (habla de razones productivas).

 

Mr. White

Miembro activo
Si justifica el despido en base a circunstancias de la empresa (tengo dos camareros y necesito solo uno por esto o lo otro,...), en este caso productiva, efectivamente yo iriía porque es un despido objetivo...así rascas también el preaviso...

Si por el contrario el contenido de la carta refiere conductas e incumplimientos personales del trabajador (tardas mucho en servir a los clientes, desobedeces, tratas mal a los compañeros,...) sería un disciplinario...
 

FERNANDO

Miembro conocido
El contenido habla de amortizar puesto de trabajo por "circunstancias de la producción".... Un claro despido objetivo, entiendo yo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Espero, en todo caso, cerrar antes de juicio y evitar al empresario pateador de puertas de lavabo. Qué desagradable.
 

Raquel GR

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Pues vaya cabrones que son. ;D

Opino igual, no te lo van a dejar acumular.
En los casos que hemos tenido, solo han acumulado cuando es despido pero sin discrepancia en el despido, sino en la cuantía, que al final todo viene a ser discusión de cuantías.
 

PEPEPACO

Nuevo miembro
Aunque la LRJS lo permite, el juzgado no te dejara acumular. Al principio de salir la norma si lo permitían ( yo he hecho), pero  ya hace tiempo que no dejan, deben ser porque así tienen mas productividad. No lo entiendo.

 
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