Publicada, en el BOE del 28/07/2018, la Resolución de 27 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se aprueba el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020.
Plan orientado a la obtención de resultados, que combinará actuaciones inmediatas y a medio plazo. Dos planes de choque (con actuaciones de la Inspección de Trabajo de agosto a diciembre de 2018):
Lucha contra el fraude en la contratación temporal.
Abusos en la contratación tiempo parcial.
Este Plan va a centrar su atención en las empresas que incumplen. Fuera de los incumplimientos evidentes, en los que la Inspección de Trabajo actuará, la filosofía del Plan es de su carácter disuasorio, la información para favorecer el cumplimiento voluntario de la legislación laboral y de Seguridad Social y, si persiste el incumplimiento y no se restablece el cumplimiento de la legalidad, el levantamiento de actas de infracción o liquidación y, en su caso, de las propuestas de sanción.
MEDIDAS OPERATIVAS:
1. Luchar contra el abuso y fraude en la utilización de los contratos temporales.
Con demasiada frecuencia, el uso que se hace de la contratación temporal es fraudulento, al no responder, en unos casos, a necesidades temporales sino a otras de carácter permanente o estructural, o al haberse superado la duración máxima permitida o a encadenarse contratos fuera de los supuestos autorizados.
2. Luchar contra los abusos en la contratación a tiempo parcial, los excesos de jornadas y horas extraordinarias no pagadas ni compensadas.
La situación es especialmente grave en los contratos a tiempo parcial de corta duración, como pueden ser guardias hospitalarias, vigilantes, incluso en hostelería, en los que se hacen jornadas muy superiores a la ordinaria y se cotiza por una jornada normal. La realización de horas extraordinarias en los contratos a tiempo completo, en número superior al límite de 80 horas al año establecido legalmente, que frecuentemente no se retribuyen ni se compensan o se hace por debajo de lo marcado en los convenios colectivos.
3. Medidas para corregir los impagos de salarios.
4. Protección de derechos fundamentales y promoción de la igualdad.
5. Refuerzo de la lucha contra le economía irregular.
6. Afrontar las nuevas modalidades de prestación del trabajo.
7. Regularizarla situación de los Falsos Becarios.
8. Reforzar las actuaciones para reducir la accidentabilidad y morbilidad laboral.
9. Garantizar los derechos sindicales para luchar contra la precariedad laboral.
+ info: https://www.iberley.es/noticias/publicado-plan-director-trabajo-digno-2018-2019-2020-29042
Plan orientado a la obtención de resultados, que combinará actuaciones inmediatas y a medio plazo. Dos planes de choque (con actuaciones de la Inspección de Trabajo de agosto a diciembre de 2018):
Lucha contra el fraude en la contratación temporal.
Abusos en la contratación tiempo parcial.
Este Plan va a centrar su atención en las empresas que incumplen. Fuera de los incumplimientos evidentes, en los que la Inspección de Trabajo actuará, la filosofía del Plan es de su carácter disuasorio, la información para favorecer el cumplimiento voluntario de la legislación laboral y de Seguridad Social y, si persiste el incumplimiento y no se restablece el cumplimiento de la legalidad, el levantamiento de actas de infracción o liquidación y, en su caso, de las propuestas de sanción.
MEDIDAS OPERATIVAS:
1. Luchar contra el abuso y fraude en la utilización de los contratos temporales.
Con demasiada frecuencia, el uso que se hace de la contratación temporal es fraudulento, al no responder, en unos casos, a necesidades temporales sino a otras de carácter permanente o estructural, o al haberse superado la duración máxima permitida o a encadenarse contratos fuera de los supuestos autorizados.
2. Luchar contra los abusos en la contratación a tiempo parcial, los excesos de jornadas y horas extraordinarias no pagadas ni compensadas.
La situación es especialmente grave en los contratos a tiempo parcial de corta duración, como pueden ser guardias hospitalarias, vigilantes, incluso en hostelería, en los que se hacen jornadas muy superiores a la ordinaria y se cotiza por una jornada normal. La realización de horas extraordinarias en los contratos a tiempo completo, en número superior al límite de 80 horas al año establecido legalmente, que frecuentemente no se retribuyen ni se compensan o se hace por debajo de lo marcado en los convenios colectivos.
3. Medidas para corregir los impagos de salarios.
4. Protección de derechos fundamentales y promoción de la igualdad.
5. Refuerzo de la lucha contra le economía irregular.
6. Afrontar las nuevas modalidades de prestación del trabajo.
7. Regularizarla situación de los Falsos Becarios.
8. Reforzar las actuaciones para reducir la accidentabilidad y morbilidad laboral.
9. Garantizar los derechos sindicales para luchar contra la precariedad laboral.
+ info: https://www.iberley.es/noticias/publicado-plan-director-trabajo-digno-2018-2019-2020-29042