Buenas, tengo una trabajadora a la que le han suspendido la prestación de IT porque no se presentó a una cita con la mutua. Ahora me ha llegado una carta que me dice que de mediados de julio queda suspendida y ella no debe cobrar y no me puedo deducir nada más desde la fecha de suspensión. Así que ahora me surgen dudas.
No tengo un parte de alta así que no sé cómo le tengo que reflejar , que pasa en los seguros sociales? Cómo me debe salir el tramo en suspensión, con bases y sin deducción?
Ella durante el tiempo que dure la suspensión, no debe cobrar, no? Y si hay complemento por convenio?
muchas gracias
No tengo un parte de alta así que no sé cómo le tengo que reflejar , que pasa en los seguros sociales? Cómo me debe salir el tramo en suspensión, con bases y sin deducción?
Ella durante el tiempo que dure la suspensión, no debe cobrar, no? Y si hay complemento por convenio?
muchas gracias