Ayuda suspensión IT y Siltra.

laboral23

Miembro
Buenas, tengo una trabajadora a la que le han suspendido la prestación de IT porque no se presentó a una cita con la mutua. Ahora me ha llegado una carta que me dice que de mediados de julio queda suspendida y ella no debe cobrar y no me puedo deducir nada más desde la fecha de suspensión. Así que ahora me surgen dudas.
No tengo un parte de alta así que no sé cómo le tengo que reflejar , que pasa en los seguros sociales? Cómo me debe salir el tramo en suspensión, con bases y sin deducción?
Ella durante el tiempo que dure la suspensión, no debe cobrar, no? Y si hay complemento por convenio?
muchas gracias
 

campus34

Miembro conocido
En mi opinion:
- La empleada sigue de baja por IT, pero no cobra. Es decir, no debes calcular el pago al empleado ni el pago delegado. Directamente no cobra.
- El tramo de Siltra es de baja por IT. Piensa que el tramo hace referencia a cotizacion. Como sigue cotizando, nada cambia.
- Si el convenio complementa al 100%, yo no complementaria porque es un complemento a un pago. Como ese pago no existe, no hay complemento.
A mí me pasó ya así fue como lo hice. Consecuencia: Cuando el empleado vió que no cobraba, pidió el alta al medico de cabecera.
Saludos
 

laboral23

Miembro
Muchas gracias por la respuesta, el problema es que tengo q enviar dos tramos y no sé cómo tengo que enviar el tramo de la suspensión. Sólo la cotización y le borro el pago delegado?
 

campus34

Miembro conocido
laboral23 dijo:
Muchas gracias por la respuesta, el problema es que tengo q enviar dos tramos y no sé cómo tengo que enviar el tramo de la suspensión. Sólo la cotización y le borro el pago delegado?

Sí, yo lo haría así.
 

campus34

Miembro conocido
Bueno, yo lo que hice fue indicar en mi programa de nómina que la persona no tenía carencia. Entonces directamente en ese período te pone la cotización, pero no los pagos a realizar ni los pagos delegados.

Pero otra opción, es directamente en el fichero de SILTRA borrar el pago delegado. Aunque la nómina no te saldría correctamente porque no debería aparecer el tema del 60%, 75%... en el devengo.

Saludos,
 

Raquel GR

Miembro activo
Lo pones como si fuera pago directo, para que no te aparezca en ese tramo ni prestación ni descuento de cuota obrera

En el programa de nóminas yo ya haría las dos líneas, los dos tramos.

pones enfermedad de tal a tal con prestación y otra enfermedad con el pago directo que ya digo ni aparece prestación ni cuota obrera.
 
Arriba