Afiliación esa es la cuestión

N

Nana

Guest
Buenos días compañeros

a ver si vuestra sabiduría ilumina el camino.

Societario (100% participaciones sociales) que se va a vivir a China, deja de ser residente por lo que ya no existe la obligación de seguir cotizando en RETA. Como la empresa sique en España con la actividad dada de alta, se nombra a un apoderado/representante/ whatelse con sus poderes ante notario para poder actuar frente a terceros, administraciones, juzgados, bancos, etc.

Si dicho apoderado cobra, fijo va al RGA (según el poder tiene ídem de gestión)
Pero, ¿y si no cobra?, es decir, lo hace por amor al arte, ¿habría que darle de alta? porque en menos de 10 minutos me han dado 3 respuestas distintas  ;D

Gracias por vuestra ayuda!!

PD: el apoderado no tiene participaciones y nunca las tendrá  8)
 
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