Ichitaka Seto
Miembro activo
Buenas tardes:
trabajo en una Asesoría Fiscal de Empresas y en lo referente a Laboral sólo llevamos las nóminas y seguros sociales de dos Pymes y de un Autónomo, o mejor dicho, de los dos trabajadores del mismo; no entramos para nada en qué base tiene que declarar de cotización ni nada parecido.
A raíz de la entrada en vigor el 1º de Octubre de la obligación de los autónomos de comunicarse "telemáticamente" con la Seguridad Social, otro cliente que también está dado de alta con en el RETA me ha preguntado antes de ayer: en qué me afecta?, ¿tengo que darme de alta en algún sitio?, etc.
Como suele pasar en este gran país llamado España ¡siempre seguiremos esperando al último momento!, cuando no es la Administración la que nos sugiere el "vuelva Vd. mañana", que decía Larra, puesto que hoy todavía no sabemos como se va a proceder.
He estado consultando con el Google y las referencias que he encontrado son de la obligación para los nuevos y el procedimiento para darse de alta en el RED. Entonces, los "antiguos" ¿van a ser dados de alta automáticamente?
Me supongo que no el mismo certificado con el que presenten sus declaraciones fiscales podrán entrar en la web de la SS (y aquí he visto dos opciones, RED Directo o SEDESS) para gestionar lo que precisen: bajas laborales (este cliente tuvo una lesión en la muñeca el año pasado y estuvo de baja varios meses el año pasado), cambios de bases de cotización, etc. (la verdad, no sé que más podrán hacer).
Agradecería vuestra ayuda. Gracias.
Salu2. 8)
trabajo en una Asesoría Fiscal de Empresas y en lo referente a Laboral sólo llevamos las nóminas y seguros sociales de dos Pymes y de un Autónomo, o mejor dicho, de los dos trabajadores del mismo; no entramos para nada en qué base tiene que declarar de cotización ni nada parecido.
A raíz de la entrada en vigor el 1º de Octubre de la obligación de los autónomos de comunicarse "telemáticamente" con la Seguridad Social, otro cliente que también está dado de alta con en el RETA me ha preguntado antes de ayer: en qué me afecta?, ¿tengo que darme de alta en algún sitio?, etc.
Como suele pasar en este gran país llamado España ¡siempre seguiremos esperando al último momento!, cuando no es la Administración la que nos sugiere el "vuelva Vd. mañana", que decía Larra, puesto que hoy todavía no sabemos como se va a proceder.
He estado consultando con el Google y las referencias que he encontrado son de la obligación para los nuevos y el procedimiento para darse de alta en el RED. Entonces, los "antiguos" ¿van a ser dados de alta automáticamente?
Me supongo que no el mismo certificado con el que presenten sus declaraciones fiscales podrán entrar en la web de la SS (y aquí he visto dos opciones, RED Directo o SEDESS) para gestionar lo que precisen: bajas laborales (este cliente tuvo una lesión en la muñeca el año pasado y estuvo de baja varios meses el año pasado), cambios de bases de cotización, etc. (la verdad, no sé que más podrán hacer).
Agradecería vuestra ayuda. Gracias.
Salu2. 8)