Yo (desde la función de RRHH de la Empresa) suelo aceptar bajas voluntarias con fecha de efecto domingo (manteniendo el alta y retribución hasta el domingo) y en caso de despidos, no suelo hacerlos con fecha de efecto de un viernes, si estan en activo hasta el viernes, los hago con efecto domingo.
Y es que, efectivamente, si la jornada es de lunes a viernes, el viernes ya han devengado el descanso semanal retribuido.
Y ya no entro en la cauística de qué hacer si en lugar de un viernes es un jueves, o un miércoles... etc,
Pero si es viernes, lo tengo claro, no le escamoteo el descanso semanal, pues queda claro que lo ha devengado.
Saludos