PRISIÓN PREVENTIVA CONTRATO EVENTUAL

Buenos días,

Tengo un trabajador con contrato eventual en prisión preventiva,tengo clara la suspensión del contrato con su liquidación correspondiente , la duda que me surge es que si en la fecha de finalización del contrato 402 sigue en prisión que hacer ?

Queda finalizada la obligación a reincorporarlo así sin mas...?

Muchas gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si es fraude de ley, el trabajador puede interponer la correspondiente demanda. Para ello, el empresario debe realizar todos los trámites posibles para realizar comunicación de fin de contrato.
 

Mr. White

Miembro activo
Hay alguna sentencia que declara nulidad...

http://iuslaboralistas.es/blog/despido-nulo-de-un-trabajador-a-quien-la-empresa-ceso-cuando-cumplia-condena-en-la-carcel/
 

FERNANDO

Miembro conocido
Totalmente en desacuerdo: si un señor es despedido por cometer un delito, no tiene razón legítima para inasistir a su centro de trabajo. Por tanto, la acción de despido es razonable. Otra cosa sería, por ejemplo, que el trabajador fuera detenido y encarcelado en Arabia Saudí, claro está. Ahí si vería, no nulidad, pero sí improcedencia de despido.
 
Arriba