Buenos días os planteo la siguiente consulta,
Una mujer embarazada de su segundo hijo, reúne el periodo de carencia de 180 días en los últimos 7 años, pero desde que dio a luz por primera vez no ha vuelto a cotizar, mi duda es, la carencia es exigida desde cero a contar tras el último embarazo y disfrute de la prestación por maternidad para tener derecho ahora con su segundo embarazo, como ocurre por ejemplo con la prestación por desempleo?
O es independiente? quiero decir si ella tiene 180 días en los últimos 7 años, y no ha vuelto a trabajar desde su ultimo embarazo, tiene ahora de nuevo derecho a la prestación contributiva por maternidad?
Una mujer embarazada de su segundo hijo, reúne el periodo de carencia de 180 días en los últimos 7 años, pero desde que dio a luz por primera vez no ha vuelto a cotizar, mi duda es, la carencia es exigida desde cero a contar tras el último embarazo y disfrute de la prestación por maternidad para tener derecho ahora con su segundo embarazo, como ocurre por ejemplo con la prestación por desempleo?
O es independiente? quiero decir si ella tiene 180 días en los últimos 7 años, y no ha vuelto a trabajar desde su ultimo embarazo, tiene ahora de nuevo derecho a la prestación contributiva por maternidad?