TRADE

NOEMI

Miembro conocido
Buenos días, me toca un tema de un TRADE y estoy perdidísima, necesito que alguien me de algo de luz :)
Entiendo que se trata de un autónomo normal pero que firma un contrato con la empresa de Trade?
¿hay que darle de alta en autónomos con la peculiaridad Trade?
Cotiza obligatoriamente a accidente, pero a cese de actividad también?
Una vez se de  de alta en autónomos por parte de la empresa no hay mas trámites que para un autónomo normal? el trade paga su cuota, nosotros le pagamos nuestras facturas y el hace sus declaraciones como cualquier profesional? muchas gracias

 

Ro

Miembro activo
Es Trade si el 75% de su facturación dependen de la empresa. En ese caso sería alta reta como trade, sí hay que identificarlo, cotizar por todas las Contingencias y contrato y registrarlo.
Pd. A mí esto no deja de parecerme un falso autónomo aunque legalizado  8)
 

FERNANDO

Miembro conocido
Eso demuestra que los políticos no tienen ni idea, que no están en el campo de batalla: legalizar los TRADE no ha hecho más que facilitar las cosas a los empresarios defraudadores.
 

Raquelcs

Miembro activo
Hola Noemí
la cobertura de AT es obligatoria, la de cese ya no es obligatoria.
Se supone que debe haber un contrato mercantil entre el Trade y la empresa para la que va a trabajar.
Si hay contrato lo tienes que registrar en el SEPE y vas a necesitar el CCC de la empresa:
https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=proce_ciudadanos/info_TAED.html
 
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