Buenos días!
Tengo una empresa que va a celebrar elecciones para elegir un delegado, menos de 30 trabajadores.
Ya me he leído todo lo que he podido encontrar sobre este tema, pero tengo una duda a ver si alguien puede ayudarme, el ET habla del deber de información de los representantes y la empresa, en concreto cuando hablamos de informes trimestrales/anuales o periódicos (situación económica, balances,cuentas de resultados.... ) este deber únicamente se da en el caso que exista comité de empresa? no en mi caso,que solo se va a elegir a 1 delegado de personal, o ¿siempre debe facilitarse en el momento que se elija un delegado? pasaría mi empresa a tener ya esta obligación?el estatuto en su artículo 64 únicamente se refiere a comité, pero la base de datos que utilizamos no distingue entre comité o delegados, por eso tengo la duda... gracias!!
Tengo una empresa que va a celebrar elecciones para elegir un delegado, menos de 30 trabajadores.
Ya me he leído todo lo que he podido encontrar sobre este tema, pero tengo una duda a ver si alguien puede ayudarme, el ET habla del deber de información de los representantes y la empresa, en concreto cuando hablamos de informes trimestrales/anuales o periódicos (situación económica, balances,cuentas de resultados.... ) este deber únicamente se da en el caso que exista comité de empresa? no en mi caso,que solo se va a elegir a 1 delegado de personal, o ¿siempre debe facilitarse en el momento que se elija un delegado? pasaría mi empresa a tener ya esta obligación?el estatuto en su artículo 64 únicamente se refiere a comité, pero la base de datos que utilizamos no distingue entre comité o delegados, por eso tengo la duda... gracias!!