El problema es la rigidez de nuestro mercado laboral, combinada con la tendencia a pasarnos por el forro lo que la norma pueda preveer y que incluso de alguna manera esté aceptado.
Dices que " No pueden obligar a contratar a alguién fijo sino saben si el mes que viene lo van a necesitar"
pues sí, en base a nuestra legislacion vigente, sí pueden, si no existe una cauda de temporalidad válida o si,. aún existiendo, superas ciertos límites (el de la duracion del contrato eventual, el de los 24 meses, etc.)
Otra cosa es que,en la práctica, como decia, todos sepamos que el 90% de los contratos celebrados pueden ser, en rigor, irregulares, pero no suele pasar nada (o bien, cuando te encuentras con ciertos inspectores y plantillas relativamente numerosas y con contratos temporales, más que entrar a analizar con rigor cada caso te planteen codsas como "venga, en cuestion de un mes pasas a la mitad a indefinido y no me meto con el resto").
Es decir, regidez máxima y, a mi entender, excesiva, en la normativa, y cachondeo en su aplicacion práctica.
por eso te decía, técnicamente tengo mis reservas en cuanto a tu planteamiento, ahora ello no quita para que tires adelante, cruces los dedos y posiblemente no pase nada. Pero insisto, como contrato de obra, no lo veo.
Saludos y suerte!!