Duda sobre el complemento dedicación en nómina

fcf123

Nuevo miembro
Hola a todos.
Trabajo como auxiliar administrativo en un centro de formación no reglada. Convenio- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-7707
En nómina me pagan el complemento de dedicación. Pero sólo me están pagando 68,17 euros al mes, cuando en el convenio pone que son 105,70 euros ya que presto servicios el 50% o más de la jornada anual.
Tengo un contrato por obra o servicio determinado a tiempo completo y llevo 10 meses en la empresa.
¿Hay algo que puedo no estar teniendo en cuenta o es que me están pagando de menos?
 

Cachilipox

Miembro conocido
La jornada que te corresponde son 39 hs semanales y 1.715 horas anuales.
Respecto de eso, el convenio recoje tres escalones de dedicación, a efectos del complemento:
< 25 %,
entre 25 % y < 50 %,
a partir de 50 %.

Según tu jornada real, te corresponde íntegro el 100 % de la cuantía recogida en convenio.
Si prestas servicio más del 50 %, te corresponde un complemento de 105,70 €/mes (no es legal prorratear esta cuantía según porcentaje de dedicación, pues para eso ya se ha pactado lo de los tres escalones)
 

fcf123

Nuevo miembro
Gracias por la respuesta @Cachilipox .
Es lo que entiendo yo, y otros compañeros que están en la misma situación.
¿Crees que puede tener que ver el tema de que es un contrato por obra y servicio y que no está definido el fin de contrato? La realidad es que llevo ya 10 meses. ¿Podría ser que el complemento deba ir aumentando a medida que pasa el año, cuando digamos que paso de un escalón a otro? Es decir, si supero el 25% del año pues la cantidad correspondiente a ese tramo, y luego al superar el 50% del año la cantidad del siguiente tramo? No lo interpreto así, y no me lo han pagado así, pero por buscar un explicación a la cantidad inferior que nos están pagando
 

Cachilipox

Miembro conocido
No tiene nada que ver el tipo de contrato. Deduzco por lo que has escrito que debes estar en una jornada de 25 hs semanales.
Al parecer, los de nóminas (sea interno de la empresa, sea una gestoría externa), aplican indebidamente un prorrateo proporcional de ese complemento.
No es infrecuente que en ciertos sectores y empresas, se hurten de forma sistemática y habitual pequeñas cantidades de los devengos de nóminas de los trabajadores, sobre todo, respecto de los que están con contratos temporales (contratos temporales de dudosa legalidad incluso). Así, unos poquitos euros por aquí, y otros por allí, al final el coste de la gestión laboral y nóminas queda pagado por los ahorros logrados con los propios trabajadores.
Como acostumbran a ser cantidades bastante pequeñas, el trabajador pocas veces se plantea hacer una reclamación de cantidades (además de querer evitar ser clasificado como trabajador "conflictivo", y ver en reisgo su renovación de contrato).

Si realizas al menos 19,5 hs semanales, te corresponde el complemento completo de 105 €uros. Es tu dinero. Además, también están cotizando por debajo de lo que te correspondería, lo que te perjudicará para el paro y otras prestaciones.
 
N

Nana

Guest
Hola

voy a plantear una pregunta un poco tonta, pero, fcf123, ¿estás cobrando en nomina alguna cantidad en concepto plus transporte? Porque tras la publicación del convenio, el plus transporte se suprime y pasa a llamarse plus disposición (disposición transitoria segunda)

No es por defender a los compañeros, que a veces como dice Cachilipox cometemos errores, pero pudiera ser que vinieses cobrando una cantidad en concepto plus transporte y para no quitarla de un mes a otro, pues la hayan mantenido y a su vez, hayan creado el plus disposición por la diferencia hasta completar la cantidad de los 105.70€ (no es lo mas correcto pero en ese supuesto se estaría cobrando, tributando y cotizado todo correctamente)

Ojo, que es una idea un poco peregrina, pero como acabo de ver el anuncio de la lotería pues estoy con un positivismo enorme, creo que todo es maravilloso  ;D
 

Cachilipox

Miembro conocido
Esa reinterpretación "posibilista" de la DA 2ª sería incluso "legítima" (que no legal) para trabajadores con una cierta antigüedad en la empresa, para hacer una transición "suave" entre lo del anterior convenio y el actual.
Pero en este caso, el contrato es nuevo, 10 meses de antigüedad, desde 2018.

Obviamente puede ser un error involuntario, pueden existir otras causas incluso honestas (¿Hay algún complemento personal, o el salario base es convenio pelado?), pero a mi me da toda la pinta de la típica y habitual tangada contra las nóminas de los trabajadores más precarios, en sectores poco regulados, para "cobrarse", vía robo de las nóminas, los honorarios de la gestoría.

El caso expuesto por fcf123, sería una reclamación de cantidades de menos de 400 €, con el riesgo de ser clasificado como trabajador "conflictivo", y por supuesto, ser sacrificado a la finalización de ese supuesto contrato de "obra o servicio".

Me sorprendería mucho que un nominero profesional  (o un programa de elaboración de nóminas), no supiese interpretar y aplicar correctamente un complemento tan sencillo del convenio. Salvo que sea algo intencional (a petición del empresario o sugerencia de la propia gestoría).
 

fcf123

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
Entiendo que no tiene nada que ver que el contrato sea por obra.
Ok, eso mismo me parece a mí. Pero es por buscar una explicación antes de sacar el tema en la empresa, aunque hay varios compañeros que opinamos lo mismo.
Cachilipox dijo:
No tiene nada que ver el tipo de contrato. Deduzco por lo que has escrito que debes estar en una jornada de 25 hs semanales.
Al parecer, los de nóminas (sea interno de la empresa, sea una gestoría externa), aplican indebidamente un prorrateo proporcional de ese complemento.
No es infrecuente que en ciertos sectores y empresas, se hurten de forma sistemática y habitual pequeñas cantidades de los devengos de nóminas de los trabajadores, sobre todo, respecto de los que están con contratos temporales (contratos temporales de dudosa legalidad incluso). Así, unos poquitos euros por aquí, y otros por allí, al final el coste de la gestión laboral y nóminas queda pagado por los ahorros logrados con los propios trabajadores.
Como acostumbran a ser cantidades bastante pequeñas, el trabajador pocas veces se plantea hacer una reclamación de cantidades (además de querer evitar ser clasificado como trabajador "conflictivo", y ver en reisgo su renovación de contrato).

Si realizas al menos 19,5 hs semanales, te corresponde el complemento completo de 105 €uros. Es tu dinero. Además, también están cotizando por debajo de lo que te correspondería, lo que te perjudicará para el paro y otras prestaciones.
No estoy en una jornada de 25 horas semanales, sino de 40 horas semanales. Mi empresa tiene fama de tener deudas y ser mal pagadora, de ahí que sospechemos que hacen algún tipo de prorrateo o cálculo sospechoso y precísamente de lo que comentas, es decir, de jugar con el miedo a ser acusado de conflictivo.
Nana dijo:
Hola

voy a plantear una pregunta un poco tonta, pero, fcf123, ¿estás cobrando en nomina alguna cantidad en concepto plus transporte? Porque tras la publicación del convenio, el plus transporte se suprime y pasa a llamarse plus disposición (disposición transitoria segunda)

No es por defender a los compañeros, que a veces como dice Cachilipox cometemos errores, pero pudiera ser que vinieses cobrando una cantidad en concepto plus transporte y para no quitarla de un mes a otro, pues la hayan mantenido y a su vez, hayan creado el plus disposición por la diferencia hasta completar la cantidad de los 105.70€ (no es lo mas correcto pero en ese supuesto se estaría cobrando, tributando y cotizado todo correctamente)

Ojo, que es una idea un poco peregrina, pero como acabo de ver el anuncio de la lotería pues estoy con un positivismo enorme, creo que todo es maravilloso  ;D
No, desde la primera nómina la cantidad del complemento es la misma y sólo se hace referencia al complemento dedicación. Sé que viene del antigüo complemento de transporte pero no aparece en ninguna nómina.
Para concretar más , te digo que cobramos 783,74 de salario base + 130,62 prorrateo de pagas extras + 68,17 de complemento dedicación. Si ves la tabla salarial que puse en el enlace, creo que cuadra el salario anual, pero no lo del complemento. Igual he hecho mal los cálculos, no sé, pero creo que no.
Cachilipox dijo:
Esa reinterpretación "posibilista" de la DA 2ª sería incluso "legítima" (que no legal) para trabajadores con una cierta antigüedad en la empresa, para hacer una transición "suave" entre lo del anterior convenio y el actual.
Pero en este caso, el contrato es nuevo, 10 meses de antigüedad, desde 2018.

Obviamente puede ser un error involuntario, pueden existir otras causas incluso honestas (¿Hay algún complemento personal, o el salario base es convenio pelado?), pero a mi me da toda la pinta de la típica y habitual tangada contra las nóminas de los trabajadores más precarios, en sectores poco regulados, para "cobrarse", vía robo de las nóminas, los honorarios de la gestoría.

El caso expuesto por fcf123, sería una reclamación de cantidades de menos de 400 €, con el riesgo de ser clasificado como trabajador "conflictivo", y por supuesto, ser sacrificado a la finalización de ese supuesto contrato de "obra o servicio".

Me sorprendería mucho que un nominero profesional  (o un programa de elaboración de nóminas), no supiese interpretar y aplicar correctamente un complemento tan sencillo del convenio. Salvo que sea algo intencional (a petición del empresario o sugerencia de la propia gestoría).
Por la fama que tiene mi empresa, me cuadra perfectamente

Pongo una foto de la nómina para ver si hay algo ahí que no estoy explicando bien

2f931e97ad0dcf19a24e30e320b46903.png
 

fcf123

Nuevo miembro
Nana dijo:
Hola

voy a plantear una pregunta un poco tonta, pero, fcf123, ¿estás cobrando en nomina alguna cantidad en concepto plus transporte? Porque tras la publicación del convenio, el plus transporte se suprime y pasa a llamarse plus disposición (disposición transitoria segunda)

No es por defender a los compañeros, que a veces como dice Cachilipox cometemos errores, pero pudiera ser que vinieses cobrando una cantidad en concepto plus transporte y para no quitarla de un mes a otro, pues la hayan mantenido y a su vez, hayan creado el plus disposición por la diferencia hasta completar la cantidad de los 105.70€ (no es lo mas correcto pero en ese supuesto se estaría cobrando, tributando y cotizado todo correctamente)

Ojo, que es una idea un poco peregrina, pero como acabo de ver el anuncio de la lotería pues estoy con un positivismo enorme, creo que todo es maravilloso  ;D
En función de la foto que he puesto de la nómina, crees que los cálculos son correctos o que cojea el tema del complemento? @Nana
 

Cachilipox

Miembro conocido
Estás en el total salario anual de tu supuesta categoría, auxiliar administrativ@.
La jornada máxima dereferencia son 39 hs semanales, y 1.715 anuales.
El complemento de dedicación que te corresponde es el de 105,70 €.
Ni siquiera se parece al anterior CPP.
 
N

Nana

Guest
Viendo la foto, mi buena fe se escapa ;)
Como dice Cachilipox, te estan abonando mal el complemento de dedicacion. Reclamaselo, tienes un año
Un saludo!
 

fcf123

Nuevo miembro
Nana dijo:
Viendo la foto, mi buena fe se escapa ;)
Como dice Cachilipox, te estan abonando mal el complemento de dedicacion. Reclamaselo, tienes un año
Un saludo!
Cachilipox dijo:
Estás en el total salario anual de tu supuesta categoría, auxiliar administrativ@.
La jornada máxima dereferencia son 39 hs semanales, y 1.715 anuales.
El complemento de dedicación que te corresponde es el de 105,70 €.
Ni siquiera se parece al anterior CPP.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Vamos a ir a un abogado laboralista para que nos oriente sobre como reclamarlo
 

Nikki_sp

Miembro conocido
te puedes ahorrar el abogado laboralista, dile a la empresa que el convenio es claro y lo esta aplicando mal.
y ya nos cuentas lo que te responden.
 
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