Cotización empleadas de hogar tramos para tiempos parciales

Aslasa

Miembro
Buenas a todos;

Hoy por casualidad he ido a mi administración de TGSS y hablando del tema de los tramos de empleadas de hogar y el SMI de 2019, me han comentado que existe un criterio interno para las empleadas de hogar a tiempo parcial en el que la estimación de la base de cotización TGSS lo hace de la siguiente forma:

(Horas semanales x 21x 5,73)/5 y de ahí sale la base y de esa base vamos al tramo.

Resulta que lo hacen para todos aquellos empleados que no estén a jornada completa y no lo calculan por el SMI por el % de jornada que hace.

Con este cálculo los empleados de hogar que hacen por ejemplo 38 horas tendrían un tramo superior que aquella que cambió a jornada completa cobrándonoslo el SMI.

¿Habéis tenido algún caso?

Os lo comento porque parece ser que están reclamando diferencias de cotización por esta cuestión y vamos a tener reclamaciones de clientes por este motivo, a mí no me han llegado pero entiendo que alguna me pueden reclamar, aunque si lo hacen entiendo que se puede recurrir al no venir estipulado en ninguna norma que se deba de proceder como según dice TGSS

Un saludo
 

Aslasa

Miembro
Buenas Fernando,

No me refiero al pago me refiero a la determinación de  la a base que hace TGSS.

Me explico por ejemplo:

Al hacer 39 horas semanales

39*21*5,73/5=938 ( tramo maximo)

Cuando por SMI no corresponde el tramo maximo, ya que sería de la cuenta de 735,90 *14/12 =837€

Por lo que deberían de ir al tramo maximo.

De ahí de es de donde pueden generar diferencial, peor sinceramente no he encontrado nada sobre la forma de cálculo que parece ser están realizando por parte de TGss
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo  retribuyo de acuerdo al salario mensual con las pagas extras prorrateadas. En función de ello, hago la proporción de la jornada en función de las horas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero bueno, diferencias, no sé, porque son ellos los que te incluyen en un tramo, no eres tú el que lo hace. Tu incluyes lo que le pagas mensualmente (con las pagas prorrateadas), indicando las horas que realiza a la semana. Son, en todo caso, ellos los que eligen el tramo en función del salario y las horas. En todo caso serían ellos los que calculasen mal y nosotros los que tendríamos que reclamar.
 

Aslasa

Miembro
Entiendo igual pero según me han comentado cada año es potestad del empleador ver si sube o sigue en el tramo según la retribución, y que debe de ser comunicado por el hogar y no se hace automáticamente por parte de la administración, cosas que no logro entender...  :'(
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, sí, cada año se debe comunicar cambios en el salario o en las horas realizadas. Pero, una vez comunicado salario y horas semanales, es la TGSS la que te coloca en un tramo u otro. Otra cosa es que pagase por debajo de SMI. Además, si son ellos los que hacen el cálculo en función de las horas, ¿qué coño me reprochan si están mal los tramos? Por cierto, este año muchos empleadores del hogar les van a crujir con un 22% de aumento de SMI. Veremos si muchos no se pasan a tener trabajadoras en negro....
 

Aslasa

Miembro
Pienso lo mismo, y es por lo que no entiendo que en este régimen que debe de ser semiautomático con la peculiaridad de SMI, venga ahora con estas..

Respecto a la subida de Los SMI creo que va a existir variaciones de datos por un tubo, o desistimientos, pero eso es una apreciación personal...
 
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