Canariogran
Miembro
Buenas tardes,
Para reducir la jornada por causas económicas se puede llevar a cabo por el artículo. 41 (msct) o artículo 47? Es que hay bastante diferencia entre uno y otro.
La intención de la empresa es poner a disposición los 20 días de art. 41 si no lo acepta pero creo que esto en el otro artículo no se contempla.
Gracias y saludos.
Para reducir la jornada por causas económicas se puede llevar a cabo por el artículo. 41 (msct) o artículo 47? Es que hay bastante diferencia entre uno y otro.
La intención de la empresa es poner a disposición los 20 días de art. 41 si no lo acepta pero creo que esto en el otro artículo no se contempla.
Gracias y saludos.