atrasos de convenio

Crisgogo

Nuevo miembro
Una duda, ha salido la publicación del convenio colectivo de hostelería, en este sector hay muchos contratos eventuales de días sueltos para bodas, comuniones o eventos en la que no existe continuidad laboral.

Es obligatorio hacer los atrasos de convenio de todos los trabajadores? o solo los que están dados de alta?

Tenemos un caso concreto en el que la empresa es un salón de bodas que solo tiene altas de trabajadores para el evento en concreto, y actualmente por ejemplo no hay ningún trabajador, yo he hecho los atrasos desde enero a octubre de todos los trabajadores que han pasado por ahí, pero cómo lo veis? existe esta obligación cómo tal?
 
N

Nana

Guest
En principio debes hacer los atrasos de todos los trabajadores afectados, aun cuando no estén en la empresa

¿De que provincia ha salido actualización? No me digas que en Madrid (salvo que sea el de colectividades que ese sí lo tengo controlado)
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Imagino que con la obligación de poner el código de convenio a los trabajadores hoy en dia, cada vez va a estar mas controlado por quien se cotiza con los atrasos y por quien no.
 

Sadie

Miembro activo
Pues a mí también me toca hacer atrasos y mi jefe ha dicho que a los que ya no están en la empresa que tururú.  No sé yo...
 

campus34

Miembro conocido
Nikki_sp dijo:
Imagino que con la obligación de poner el código de convenio a los trabajadores hoy en dia, cada vez va a estar mas controlado por quien se cotiza con los atrasos y por quien no.

Eso pienso yo también. Lo que ocurre que yo tengo empresas que pagan muy por encima de convenio, y por tanto, nunca pagan atrasos porque su convenio permite compensar con el "complemento absorbible".

En ese caso, ¿Cómo puede la Seguridad Social conocer estos casos?

Siempre me lo he preguntado...
 
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