Pues al final creo que son hábiles. He encontrado·
"si los plazos se señalan por días (Apartado 2 y 3 del Art. 30 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre):
Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos."