Duda plazo general prescripcion cantidad

Pablolf

Miembro
Hola, escribo porque se me plantea una duda acerca del plazo general de prescripción de reclamación de cantidad sobre unos contratos suscritos por diversas AAPP los cuales no se regían conforme a convenios colectivos hasta que varias sentencias están diciendo que si se debe retribuir conforme a convenio:

El art. 59.2 del ET dice al final "(..) el plazo de un año se computará desde el día en que la acción pudiera ejercitarse." Entiendo que el plazo para reclamar sería la notificación de la sentencia, ya que la mayoría de los contratos mencionados en la sentencia fueron 2016 o antes, luego estarían prescritas las cantidades. Pero hasta esta sentencia no se sabía si se podía pagar o no conforme a convenio tales contratos mencionados en la sentencia, luego si el plazo general fuese de un año desde la finalización de los contratos de esos trabajadores sería indefesión, verdad?

Osea, y en resumen, sobre la duda del plazo general de prescripción es preguntar si veis, como yo, que el plazo debe empezar a contar desde la notificación de la sentencia¿?
 

carloslugo

Miembro activo
podrías indicarme de que sentencias se tratan ....es que me interesa el tema ..... llevo el área laboral de un ayuntamiento pequeño , que no tiene convenio colectivo propio y no aplicamos los convenios de sector ..... y por tanto me toca de lleno el tema .... si se consiguen por internet o me las puedas mandar , te falicito un mail :  carloseiros1970@gmail.com
Un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Me temo que no, pues las sentencias interpretan pero no constituyen nuevas realidades. Es desde el momento que se pudo percibir la cantidad, o sea desde el momento que se cobró y se generó la diferencia.
 

Mr. White

Miembro activo
Es un conflicto colectivo e interrumpe prescripción a efectos de reclamaciones individuales desde la fecha de papeleta conciliación...
 

Mr. White

Miembro activo
Entiendo que no, salvo que sea requisito obligatorio para iniciación del proceso de conflicto colectivo...habría que ver qué dice el Convenio respecto a paritaria...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cierto. Mr White, si es conflicto colectivo, se interrumpe la acción individual desde la presentación de la papeleta hasta la sentencia firme.
 
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