Duda Oficinas y Despachos Madrid

  • Iniciador del tema ASENJO
  • Fecha de inicio
A

ASENJO

Guest
Buenas tardes:

En el convenio de Oficinas y Despachos de Madrid pone lo siguiente:

"Art. 18.
Jornada laboral.—1. Durante la vigencia del presente Convenio Colecti-
vo y de conformidad con lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
se acuerda una jornada máxima anual efectiva de 1.765 horas.
2. Para las empresas afectadas por esta reducción, la misma se aplicará en la semana
de las fiestas patronales locales del centro de trabajo o en el 24 o 31 de diciembre, en
función de las necesidades de la empresa."


Viendo esto: ¿Se debe trabajar el 24 o el 31 de diciembre?
Me lo ha preguntado un cliente y la verdad es que no tenía ni idea de este artículo.
Gracias.

 
A

ASENJO

Guest
Nosotros hemos trabajado siempre, aunque solemos salir a las 13 h como tarde.
En otras gestorías que conozco también han trabajado siempre esos días.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo no aplico ese Convenio pero habrá que ver a qué se refiere con lo de empresa afectada para ver a cuáles aplica y a cuáles no...
 
Arriba