Si quiere cobrar la capitalización del paro no puede haber extinción de mutuo acuerdo, entiendo que lo que van a hacer es "arreglar el paro" mediante despido simulado, ojo con eso, cada vez se lo miran más.
Referente a la bonificación al no haber contrato lógicamente no hay bonificación, deberíamos saber que tipo de bonificación aplican, desde cuando, plantilla de la empresa (por el nivel de empleo) para saber si deben devolver lo bonificado