Buenas tardes,
Nos surge una duda a raíz de la puesta en entre dicho nuestra práctica habitual en estos casos.
Nuestro cliente, persona física, quiere contratar a una persona para el cuidado de un familiar dependiente (concretamente esta persona padece alzheimer). En esta caso nosotros interpretamos que sí procede encuadrar al empleado en el Régimen Especial de Empleados/as de Hogar, ¿cierto?
Gracias.
Nos surge una duda a raíz de la puesta en entre dicho nuestra práctica habitual en estos casos.
Nuestro cliente, persona física, quiere contratar a una persona para el cuidado de un familiar dependiente (concretamente esta persona padece alzheimer). En esta caso nosotros interpretamos que sí procede encuadrar al empleado en el Régimen Especial de Empleados/as de Hogar, ¿cierto?
Gracias.