Buenas,
si el convenio marca que se disponen de dos días por fallecimiento de parientes de segundo grado, pero no se hace referencia a que sean naturales o laborables, a qué debemos acogernos?
se contabilizaría el día del fallecimiento y el siguiente? En ese caso si el familiar fallece en sábado el trabajador que durante esos días no trabaje, realmente no disfrutaría de esos dos días.
Gracias
Saudos
si el convenio marca que se disponen de dos días por fallecimiento de parientes de segundo grado, pero no se hace referencia a que sean naturales o laborables, a qué debemos acogernos?
se contabilizaría el día del fallecimiento y el siguiente? En ese caso si el familiar fallece en sábado el trabajador que durante esos días no trabaje, realmente no disfrutaría de esos dos días.
Gracias
Saudos