Días por fallecimiento de familiar

Novata80

Nuevo miembro
Buenas,

si el convenio marca que se disponen de dos días por fallecimiento de parientes de segundo grado, pero no se hace referencia a que sean naturales o laborables, a qué debemos acogernos?

se contabilizaría el día del fallecimiento y el siguiente? En ese caso si el familiar fallece en sábado el trabajador que durante esos días no trabaje, realmente no disfrutaría de esos dos días.

Gracias
Saudos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No sé si habrá habido alguna novedad en los últimos meses, pero hay un par de sentencias recientes de la AN (2018 y 2017) bastante curiosas y en la misma línea, que distinguen (lo que la norma no hace) entre "permisos cortos y largos", considerando entre los primeros los de, por ejemplo, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar, y que consideran que en estos supuestos, para el disfrute se computan los días hábiles.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Hay una sentencia TS de 2018 que si ocurre en día feriado, o de descanso, el permiso se traslada al primer laborable.
 
Arriba