Reclamación de deuda

  • Iniciador del tema ASENJO
  • Fecha de inicio
A

ASENJO

Guest
Buenos días:

Me han llegado 3 reclamaciones de deudas de distintos clientes, de los años 2015 y 2016, por bonificaciones aplicadas en las liquidaciones L13 (vacaciones) cuando el contrato era un 410 bonificado al 100% por maternidad.
Según leo en el manual de cotización 2016, las bonificaciones estaban aplicadas correctamente:

"Si el contrato de trabajo origen de la liquidación complementaria por las cantidades percibidas en concepto de vacaciones devengadas y no disfrutadas, hubiese generado el derecho a la aplicación de un beneficio en la cotización a la Seguridad Social, y éste no se hubiera perdido o extinguido por el transcurso del plazo por el que se concedió, procederá la continuidad de su aplicación en esta liquidación complementaria, al prolongarse tales beneficios
hasta la fase postcontractual objeto de la liquidación."


¿Estoy en lo cierto o se me escapa algo? ¿A alguien más le están llegando estas sorpresas?
Muchas gracias.
 
Arriba