Dudas convenio farmacias estatal

Argi

Miembro conocido
Hola,

Tengo una nueva empresa, bajo el convenio estatal de farmacias. Sé que hay lío con este convenio y aunque se aprobó, está pendiente de alguna resolución judicial.

Revisando las nóminas, las trabajadoras cobran dos pagas extras (Navidad y Verano) y una de beneficios prorrateada. No me queda claro que esta paga de beneficios sea correcto pagarla. Interpreto que su importe queda aborvido por el salario base, pero tendo dudas de si se refiere al convenio a falta de aprobar, al anterior...

Muchas gracias,
 

AL1978

Miembro conocido
Efectivamente, se absorbió conforme al art 36 del Convenio 2014-2016 (vigente)

Artículo 36. Pagas extraordinarias.
1. El personal comprendido en este Convenio Colectivo tendrá derecho a percibir, como complemento retributivo de vencimiento superior al mes, tres pagas extraordinarias de igual cuantía que el salario base mensual, incrementadas con el Complemento Personal de Garantía regulado en el artículo siguiente.

2. Las pagas extraordinarias de Verano y de Navidad se abonarán los días 24 de junio y 22 de diciembre, respectivamente, pudiendo no obstante prorratearse en las 12 pagas ordinarias por acuerdo entre la empresa y el empleado.

3. La tercera paga extraordinaria queda prorrateada en las catorce (14) pagas, según figura en las correspondientes tablas de retribuciones del Anexo I de este Convenio Colectivo o, en su caso, se prorrateará en las doce (12) pagas ordinarias, si se hubiese acordado prorratear todas las pagas extraordinarias.

Entiendo que no deben ser abonada independientemente de la situación actual del convenio ya que el vigente ya estipulaba que se prorrateaba en las 14 pagas y desaparecía.

Lo que no sé es cómo vas recuperar lo cobrado indebidamente....
 

Argi

Miembro conocido
Gracias AL1978,

A estas alturas lo cobrado es un mal menor. La opción es si se puede quitar ese concepto de "paga de beneficios" de la nómina de enero de 2019

¿Podrían considerarse consolidada esta paga de beneficios que se las ha abonado erroneamente durante dos años?

Un saludo,
 

AL1978

Miembro conocido
Entiendo que si venía en las nóminas como para beneficios (supongo) el error en mi opinión es evidente y por lo tanto no creo que pueda considerarse como como retribución consolidada.

Pero me gustaría saber que piensan los compañeros en un caso como éste
 

Argi

Miembro conocido
Y a mí.

¿alguna opinión sobre si el trabajador puede reclamar una retribución consolidada esta paga de beneficios que cobra prorrateada por importe total al año equivalente a una mensualidad de salario base?
 

AL1978

Miembro conocido
Argi dijo:
Y a mí.

¿alguna opinión sobre si el trabajador puede reclamar una retribución consolidada esta paga de beneficios que cobra prorrateada por importe total al año equivalente a una mensualidad de salario base?

Ye me contarás que haces, por curiosidad

Alguna opinión más de algún compañero???
 
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