ACUERDO CONCILIACIÓN

EVA JOM. BUR.

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Buenos días!

A ver si alguien me puede ayudar! Una empresa despide a un trabajador en junio, van a conciliación y llegan a un acuerdo. En noviembre la empresa hace la transferencia del importe acordado. A fecha de hoy el departamento de contabilidad ve esa transferencia en los extractos bancarios de la empresa, pero yo no tenía conocimiento de eso. Tengo los seguros sociales de noviembre y diciembre presentados. Alguien me puede decir qué tengo que hacer? cómo lo comunico? porque entiendo que esta cantidad tiene que aparecer en el 190. tengo que hacer una nómina con esa indemnización? Tiene retención?
A ver si alguien me puede iluminar porque es la primera vez que tengo que hacer esto y no se muy bien por donde empezar!

Muchas gracias!
 

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Si es indemnización dentro de los límites exentos de tributación tendrás que declararlo en el 190 como L05.
 
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