otra de smi

MONI

Miembro
salario base: 735,90
antigüedad: 147,18
pagas extras: 220,77

tendría que subir????

gracias mil
 

DavidGA

Miembro activo
No, sigue estando por encima del limite del SMI con pagas extras prorrateadas (1050 Euros). Opera en este la compensación o absorción
 

NOEMI

Miembro conocido
Si,pero ojo que retribuye una circunstancia personal, fíjate que no lo tengo tan claro
 

campus34

Miembro conocido
Sin quitar la razón a Noemi, yo sí incluyo la antigüedad como otro concepto retributivo a la hora de comprobar si está o no por encima del SMI.

Saludos,
 

fundación

Miembro conocido
Es de destacar que hay convenios que podrían haber reflejado agravios dado el tema de antigüedad, y que sumada ésta al salario base superaran el SMI. Pero que gente que entra nueva y no tiene dicha antigüedad habría que sumarle algún plus para alcanzar la cantidad, por lo tanto el salario sería distinto de un caso a otro.
 

fgarciavarela

Miembro activo
En este caso  tengo mis dudas:

Hasta hace un par de años pensaba que era como explicais vosotros, pero tras una inspección que pasamos, se nos indicó que hay que tener cuidado con el término de comparación

El RD nos indica en artículo 3:

1. La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.
A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual que se tomará como término de comparación será el resultado de adicionar al salario mínimo fijado en el artículo 1 de este real decreto (900€) los devengos a que se refiere el artículo 2 (la antigüedad 147.18), sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a 12.600 euros

Por lo tanto, la cantidad  que se toma como  referencia para saber si hay que subir el SMI a este trabajador es:  900 € + 147,18 + prorrata  de pagas extras = 1197 € mensuales. Como su salario actual es de 1104 € habría que subirlo esos 93 €

¿Que opinais de esto? Desde luego la inspección de trabajo nos dijo que era de esta forma, y el RD parece que lo corrobora.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, cuando se habla del 26.3, se trata de circustancias personales que afectan al trabajador, tales como, por ejemplo, incentivos, toxicidad, nocturnidad, horas extras, etc.... Antigüedad, entiendo, no se refiere a circustancias personales del trabajador, pues todos los empleados tienen derecho a dicho complemento por el hecho de permanecer un determinado tiempo en la empresa. De la misma manera, tampoco se podría compensar el plus convenio, por poner ejemplo.

El decreto del SMI habla de compensación y absorción en general. Por tanto, el concepto antigüedad, entiendo, puede compensar la subida del SMI.
 

Ro

Miembro activo
Yo entiendo que la antigüedad no se incluye. Pues si lo haces estarías suprimiendo un concepto que por convenio tienen los trabajadores a partir de un determinado período trabajado. Estarías igualando los nuevos trabajadores con los antiguos y no creo que eso sea lo que informa el convenio.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Habría que ver lo que dice el convenio al respecto, pero si utiliza la fórmula habitual de mantener las mejoras que se sitúen por encima de convenio y, a la vez, habla de compensación y absorción, entonces, la antigüedad, se puede absorber tranquilamente si existe mejora voluntaria. No es lo mismo, pero creo podría ser aplicable.

Ya digo, entiendo que la antigüedad no es un concepto relativo a circunstancias especiales del trabajador, como podría ser plus de toxicidad, o de nocturnidad, o de productividad sino un concepto general más.
 
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