Jubilación parcial y contrato relevo

Sadie

Miembro activo
Buenos días,

A ver si por favor me podéis ayudar con este tema. Estoy mirando a ver si puedo encajar la jubilación parcial de un trabajador a lo publicado en el BOE de 8/12/2018 (Nº296),Real Decreto Ley 20/2018, de 7 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la competitividad económica en el sector de la Industria y el Comercio en España, que alarga el período de aplicación de la  Disposición Transitoria Cuarta Texto Refundido S.S.


Tengo un trabajador que :
 Cumplirá 61 años el próximo 22 de Abril.
 Fue dado de alta en la empresa el 1-Ene-2004.
 Es  oficial de 1ª y se dedica a tareas de instalación y mantenimiento de equipos de aire acondicionado, ventilación, calefacción etc.
 Tiene 39 años cotizados.

Por nuestra parte más del 70% de la plantilla tiene contrato  indefinido
El CNAE es 4321 (instalaciones eléctricas) dentro del grupo F construcción


La duda la tengo referente al apartado 6.a Ya que dice: “a) que el trabajador realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación , elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como empresas manufactureras”.

Aquí es donde encuentro el escollo porque nosotros nos dedicados a instalaciones eléctricas, telecomunicaciones , ventilación , aire acondicionado, reparación de motores etc y por tanto,  no somos empresa manufacturera. Tampoco sé muy bien si se puede entender que las tareas que realiza requieren esfuerzo físico o alto grado de atención.

Por último comentar que figuramos en la relación de empresas afectadas por la  Disposición final 12ª de la Ley 27/2011 ,ya que en 2013 suscribimos un convenio que fue registrado en el INSS por lo que hasta ahora los trabajadores que cumplieron 61 años accedieron a la jubilación parcial conforme la legislación anterior.

Os agradecería me orientarais con este tema. Tanto a la empresa como al trabajador les interesa la jubilación parcial pero yo no veo nada claro el tema y me da miedo que el trabajador vaya a solicitar le pensión de jubilación parcial con 61 años y se la denieguen.  No sé si lo más adecuado es esperar a que tenga los 61 años y 8 meses aunque el acceso a la jubilación parcial de esa manera es menos ventajoso para el trabajador y la empresa…

Gracias por adelantado
 

Sadie

Miembro activo
Es uno de los requisitos que establece la ley "que el trabajador realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención"
 

jcg73

Miembro activo
Yo llamé al INSS, y me comentaron que sólo será de aplicación a las empresas con CNAEs del 1011 al 3320, y obviamente que el trabajador@ no tenga un código de ocupación A, o de comercial.
El resto, pues si se acogen tendrán que apechugar con la base de cotización al 80% este año.
 

jcg73

Miembro activo
Además veo que han creado un certificado de empresa nuevo. El SPRL se tiene que mojar indicando que el trabajador en cuestión realiza tareas de esfuerzo, etc..
 

Sadie

Miembro activo
Gracias, de nuevo. Ya estuve mirando el nuevo modelo de certificado pero con el código CNAE que tenemos lo veo imposible  :-\
 
Arriba