DUDA SOBRE VACACIONES

DUCAN

Nuevo miembro
Hola a tod@s,
Un trabajador quiere coger el viernes día 1 de Marzo de vacaciones (el lunes vuelve al trabajo), siendo festivo el día 28 de Febrero. En la empresa hay 30 días de vacaciones. Mi pregunta es si al coger el viernes, ¿el sábado y el domingo le cuenta también como vacaciones?. Muchas gracias por vuestras respuestas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de lo que pactes con la empresa. Y depende también que el pacto no se considere abusivo (que es lo que sería si coges ´sábado y domingo). A la vista de sentencias europeas, y salvo lo que diga el convenio colectivo, yo cogería 1,4 días de vacaciones (viernes y devengo de descanso correspondiente a dicho día).
 

Santiago

Miembro conocido
El cómputo de días de vacaciones en días naturales siempre tiene este problema
Yo he optado por aconsejar a las empresa que contabilicen 23 días laborables y el cálculo es mucho más sencillo.

Contabilizar 4 días por un festivo en viernes me parece abusivo
Estoy de acuerdo con FERNANDO, 1,4 días
 

Sadie

Miembro activo
¿Y si el trabajador coge por poner un lunes o un día suelto por semana qué descontaís también 1,4 días?.  ¿Y cómo hacéis la nómina? ¿ con días con decimales?
 

Santiago

Miembro conocido
La nómina no debe verse afectada por las vacaciones que disfrute un trabajador.
Y en cuanto a los días de vacaciones, la dificultad que conlleva el cálculo en días naturales hace que lo más recomendable sea hacer el cálculo en días laborables.
 

Sadie

Miembro activo
En nuestra empresa la nómina sí que se vé afectada ya que el convenio de aplicación establece lo siguiente: Las vacaciones serán retribuidas conforme al promedio del salario real percibido durante los tres últimos meses efectivamente trabajados inmediatamente anteriores a su disfrute.

No se cobra lo mismo los días que se está de vacaciones que los días que se viene a trabajar.
 

Ro

Miembro activo
Si el convenio dice 30 días naturales, al final son 22 laborales, por lo tanto es sencillo el cálculo si coge algún día suelto .
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, 30 días naturales no siempre son 22 días hábiles, ojo. Es un cálculo aproximado. Agosto, por ejemplo, de 1 a 30, salen 21  hábiles este año.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Exacto, no necesariamente 30 días naturales equivalen a 22 días hábiles (dependerá de la distribuición de la jornada o nº de días de trabajo a la semana, distribución de las vacaciones, festivos oficiales durante el periodo vacacional...).
Es por ello que siempre es más práctico definir los días de vacaciones en días hábiles.
En cualquier caso, y para superar las habituales polémicas o dudas sobre el cómputo de los días de vacaciones disfrutados cuando son naturales, entre otros posibles parámetros, siempre se puede mirar a la vez el cumplimiento de la jornada anual.
si la jornada anual con  x horas, no debe afectar a la misma que haga o me cuebten las vacaciones de una forma u otra.
Quiero decir, si  por disfrutar de un viernes de vacaciones se planter si me deben computar uno o tres dias de vacaciones, lo que uno quiera, pero eso no debe hacerme trabajar un número mayor de días que alguien que haya disfrutado de un miércoles suelto, por ejemplo.

Saludos
 

Mr. White

Miembro activo
Sadie dijo:
En nuestra empresa la nómina sí que se vé afectada ya que el convenio de aplicación establece lo siguiente: Las vacaciones serán retribuidas conforme al promedio del salario real percibido durante los tres últimos meses efectivamente trabajados inmediatamente anteriores a su disfrute.

No se cobra lo mismo los días que se está de vacaciones que los días que se viene a trabajar.

Bueno, la idea es que cobren más menos lo mismo en vacaciones que sin estar de vacaciones, de ahí la sentencia del TJUE que decía que deben cobrar los mismos conceptos que cobran habitualmente. Por ejemplo, si normalmente cobra nocturnidad, pues en vacaciones también aunque evidentemente no trabaje de noche en vacaciones... Y si lo cobra de forma puntual, pues no se paga en vacaciones...así que en principio debería ser muy similar...
 

Sadie

Miembro activo
Por lo general  los trabajadores cobran más estando de vacaciones , esto es debido a que casi todos perciben mensualmente un complemento de empresa variable  que no viene establecido por convenio. Lógicamente esa cantidad se tiene en cuenta para el cálculo de la remuneración en los días de vacaciones. La dificultad que tengo estriba en lo siguiente.  Si tengo un trabajador que por ejemplo se marcha de vacaciones del 14 al 28 de Febrero ( 15 días), para calcular lo que le corresponde cobrar en vacaciones tengo que sumar el bruto de los últimos 3 meses , dividirlo entre 92 y  multiplicarlo por 15. El resto de la nómina serían 13 días de salario base y plus de convenio y 11 días de plus de asistencia y carencia de incentivo.

Si un trabajador se coge un viernes y no le cuento 3 días de vacaciones sino que le cuento 1,4 días tendría que hacer la nómina con 26,6 días de salario base y plus de convenio y 9,6 de plus asistencia y carencia de incentivo y va a ser que el programa como que no . Aunque ahora que lo pienso  igual sí que se puede forzar el importe manualmente, pero vamos , eso me obligaría a hacer cálculos manuales y andar metiendo variables en el programa. Muy práctico no sería
 

Mr. White

Miembro activo
Sadie dijo:
Por lo general  los trabajadores cobran más estando de vacaciones , esto es debido a que casi todos perciben mensualmente un complemento de empresa variable  que no viene establecido por convenio. Lógicamente esa cantidad se tiene en cuenta para el cálculo de la remuneración en los días de vacaciones.

O menos, depende del mes con el que compares, no deja de ser una media. Si los variables no oscilan mucho cada mes, será muy similar lo que cobren en vacaciones que trabajando.

Si en enero por ejemplo cobra 1200, en febrero 1150 y en marzo 1100. En vacaciones en abril cobraría 1150, que es un poco menos que en enero, pero igual que en febrero y un poco superior a marzo.
 
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