DÍAS COTIZADOS CONTRATO TIEMPO PARCIAL

IRIA80

Miembro
PODÉIS CONFIRMARME ESTE DATO?

DESDE EL AÑO PASADO CUALQUIER TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL,HAGA LAS HORAS QUE HAGA TIENE LOS MISMOS DERECHOS QUE UNO A TIEMPO COMPLETO PARA ACCEDER A LAS PRESTACIONES, VERDAD? ES DECIR, CADA DÍA COTIZADO INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE HORAS QUE SE TRABAJEN SE CONTABILIZAN COMO UN DÍA DE COTIZACIÓN?

 

fundación

Miembro conocido
Modificación del art. 3 del RD 625/1985 por el RD 950/2018, para adaptarse a la sentencia UE del 09-11-17.

- Desde 7-5-85 hasta 28-7-18:

«4. Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a un trabajo a tiempo parcial o a trabajo efectivo en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se computará como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada».

- A partir del 29-7-18:

«4. Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a trabajos a tiempo parcial realizados al amparo del artículo 12 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se computará el período durante el que el trabajador haya permanecido en alta con independencia de que se hayan trabajado todos los días laborables o solo parte de los mismos, y ello, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.

Se excluyen de dicho cómputo los períodos de inactividad productiva a los que se refiere el artículo 267.1.d) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social».
 
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