Un caso surrealista

ikosta

Miembro
Voy a intentar resumirlo:
Trabajadora extranjera con permiso por cuenta ajena coge un bar (alquiler a su nombre), el abogado que le leva los papeles le dice que no puede ser titular del negocio y autónoma porque solo tiene permiso de cuenta ajena y les propone crear una sociedad figurando él mismo como Administrador y a ella como asalariada hasta que tenga los permisos de trabajo para ser autónoma.
La Sociedad crea una cuenta bancaria y según mi clienta  el abogado les dijo que con los ingresos del TCP pagaría los Seguros Sociales y los impuestos correspondientes.
Un año después he comprobado que no se ha pagado ningún seguro social y que no se ha  presentado ningún impuesto ni resumen anual, el abogado está desparecido.
Para colmo ha tenido una inspección de trabajo, le piden entre otras muchas cosas, además del alta censal, impuestos presentados, seguros sociales pagados, libros de facturas ....
Yo no he podido contrastar la versión del abogado, pero le he hecho llegar la citación por burofax.
Veo muchas cosas extrañísimas que no me cuadran, que un abogado se ponga administrador de una Sl de un cliente, que no pague  ni presente nada, que se apropie descaradamente de los ingresos del bar (esto último no lo puedo certificar).
Pero en todo caso el único responsable será este señor, ¿verdad?, entiendo que como mucho se le rescindirá el alta a la trabajadora por impago de cuotas.
Ah, respecto a lo del alquiler a su nombre, ella sí ha liquidado los modelos 115 por requerimiento de Hacienda.
Y respecto a la Inspección (que me jugaría una cena que este tipo no se presentará), ¿pensáis que es bueno que vaya mi clienta y le explique la verdad o puede acabar pillando ella también?.
 

elchuske

Miembro conocido
Ella es una asalariada y como tal debe comportarse. Lo de la sociedad no va con ella, ya vera el abogado como sale.. si sale. A mi humilde entender
 

AL1978

Miembro conocido
La SL quién la forma? Es unipersonal?

Si es así, la trabajadora es trabajadora y punto, tampoco entiendo que liquide el trabajador los 115, a petición de Hacienda... por qué reclama Hacienda a un trabajador por cuenta ajena?. ... Perdón, veo que el alquiler está a su nombre
Un lío de los gordos

Raro raro raro
 

mafaldasur

Nuevo miembro
No me creo nada, ni nada cuadra..
Inspección de trabajo habrá citado a la empresa en la persona del administrador no? son en todo caso los obligados

coincido con los compañeros que la postura debe de ser la de empleada por cuenta ajena.
 

Noviembre

Miembro
Historias para no dormir, por saber algo más ¿el alquiler se paga desde una cuenta de la empresa o de la trabajadora?
 

AL1978

Miembro conocido
De todas formas dudo de que salga "ilesa" la trabajadora en cuestión.

Aquí y según la narración inicial hay una connivencia con el "letrado" para desarrollar una actividad sin permiso reglamentario, tendrá que explicar a Inspección entre otras cosas por qué el alquiler está a su  nombre y no de la SL, si es solo una trabajadora por cuenta ajena.
A mayor abundamiento,  el "emprendedor creativo" no ha pagado cotizaciones, impuestos.... y nos encontramos con una actividad que finalmente ha derivado en una deuda a Seguridad Social y AEAT. Mientras los rendimientos del negocio entiendo por la descripción van (al menos parte) a la trabajadora que de cuenta ajena tiene poco
Puede ser que estemos ante la "rara avis" de "administradora de hecho" a la que su socio le ha engañado o "robado", no descarten responsabilidades solidarias.

Pero vamos, que como novela de Perry Mason, no tiene precio




 
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