Una mujer trabajadora que causó baja por IT días antes de que finalizara el contrato, ha estado todo este tiempo de baja cobrando directamente de la Mutua. Esta última le ha extinguido el pago debido a la incomparecencia un día, ya que las alegaciones no se las han creído. Dicha incomparecencia se produjo el día 22 de febrero.
Le queda un período por agotar de desempleo de más de 6 meses.
En principio no se va a presenciar reclamación previa a la Mutua.
¿Creéis que lo más conveniente es solicitar una alta al médico de cabecera e ir con ella inmediatamente al SEPE para solicitar la prestación contributiva?
¿La fecha de efectos de la prestación sería el día después del alta médica (13 de marzo p.ej) o el día después de la extinción del pago de IT por parte de la Mutua (23 de febrero)?
Gracias.
Le queda un período por agotar de desempleo de más de 6 meses.
En principio no se va a presenciar reclamación previa a la Mutua.
¿Creéis que lo más conveniente es solicitar una alta al médico de cabecera e ir con ella inmediatamente al SEPE para solicitar la prestación contributiva?
¿La fecha de efectos de la prestación sería el día después del alta médica (13 de marzo p.ej) o el día después de la extinción del pago de IT por parte de la Mutua (23 de febrero)?
Gracias.