Buenos dias,
Me acaba de venir un caso al despacho y se me ha planteado una duda, es la siguiente:
- Trabajador que es representante sindical.
- Esta en excedencia hasta el 1 de febrero
- Se realizan elecciones sindicales en enero y no es elegido, por lo tanto deja de ser representnate sindical.
- Lo despiden el 25 de febrero
Mi duda es la siguiente... aun habiendo estado de excedencia y las elecciones realizarse durante las mismas, la garantía de 1 año se le aplicaría, según el art 54 ET.
Yo opino que sí y ustedes?
Un saludo y gracias anticipadas.
Me acaba de venir un caso al despacho y se me ha planteado una duda, es la siguiente:
- Trabajador que es representante sindical.
- Esta en excedencia hasta el 1 de febrero
- Se realizan elecciones sindicales en enero y no es elegido, por lo tanto deja de ser representnate sindical.
- Lo despiden el 25 de febrero
Mi duda es la siguiente... aun habiendo estado de excedencia y las elecciones realizarse durante las mismas, la garantía de 1 año se le aplicaría, según el art 54 ET.
Yo opino que sí y ustedes?
Un saludo y gracias anticipadas.