Participaciones en la sociedad y alta en RETA

Suma

Miembro
Esta empresa tiene una socia con el 80% de las participaciones siendo administradora unica por lo tanto está en el RETA, el marido adquire al otro socio el 20% restante. La cuestión es que si no trabaja en la empresa no debe estar en el RETA, pero y si con fecha posterior a la adquisición de las participaciones decide trabjar en la empresa, ¿la TGSS puede retrotraer el alta a la fecha de la compra de las participaciones? ¿que hay que hacer para darle de alta en el RETA cuando realmente empiece a trabajar y no tenter probleas? ¿se le dá de alta como familiar colaborador?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Se le da de alta como autónomo societario. No hay problema con TGSS: ellos deben probar que comenzó a trabajar antes, no hay presunción solo por tener control efectivo de la sociedad.
 
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