Providencia de apremio por sanción recurrida

Andrea TC

Miembro
Buenos días,

Tengo un cliente al que sancionó Inspección de Trabajo el pasado año. Presentamos alegaciones, y nos notificaron la denegación. Tras esto, presentamos recurso de alzada, que todavía no ha contestado la administración, pero de Tesorería nos remiten providencia de apremio con el importe de la sanción, más el recargo del 20%.

Tenía entendido que hasta que no se resolviera el recurso la deuda no era exigible ¿Es así?

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Se puede pedir la suspensión del acto administratido recurrido alegando graves daños para el administrado. si no contestan en 1 mes, se entiendo el recurso como admitido y suspendida la ejecución.
 

AntonioPA4

Nuevo miembro
No estoy muy seguro, pero tal vez sea porque te lo habrán denegado por silencio negativo, al pasar tres meses sin resolución expresa.

A ver si alguien nos saca de dudas.
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
En la misma resolución sancionadora indica que si recurres en alzada la sanción queda en suspenso, luego, el 90 de L 39/2015 impide la ejecución mientras quepa recurso. Lo más probable es que, por algún motivo, no hayan procesado el recurso de alzada.
Salu2
 
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