La página 95 habla de trabajadores "inscritos en la oficina de empleo". Y punto. LA disposición primera del 43/2006 habla "contratar a través de la oficina de empleo". Si no informa de más, se puede entender que "a través de la oficina de empleo" , puede ser porque el empresario tenga constancia de la condición de desempleado del minusválido por verlo inscrito en una oficina del SEPE. La norma no puede imponer otras condiciones que no figuren en la misma, entiendo yo.