Por otro lado, respecto al devengo del kilometraje y su exención, aunque me parecen bastante razonables algunas soluciones comentadas, como la de considerar la mayor distancia, en su caso, desde el domicilio al centro de trabajo habitual y al lugar distinto al centro de trabajo al que deba desplazarse el trabajador, entiendo que hay que considera dos cuestiones:
- exigencias para la exención del IRPF (hasta el límite de 0,19km/hora). Debe tratarse de desplazamientos por motivos de trabajo a lugar distinto del centro de trabajo habitual (en principio al que el trabajador esté dado de alta).
- política de compensación de gastos de cada empresa. Cada empresa puede tener su política de compensación de gastos, incluso fijarla en clásulas o anexo del propio contrato (y estará exento del IRPF en la medida en que se trate de desplazamientos a lugar distinto del centro de trabajo y hasta el límite de 0,19 KM). Puede pagar más o menos , en más o menos supuestos y considerando unos referentes y otros.
Aunque veo lógico el criterio antes comentado, yo entiendo que el referente debería ser la distancia desde el centro de trabajo. Es cierto que en ocasiones puede llevar a compensaciones absurdas (por ejemplo me toca ir a un lugar más próximo o de más fácil acceso desde mi domicilio que si fuera a mi centro de trabajo y encima me compensan), pero el lugar de residencia del trabajador o el lugar que el trabajador diga que es us residencia es una variable que no debería afecta a la Empresa. "El centro de trabajo está en tal sitio y mando a alguien a tal otro", no juego con el factor de donde pude vivir o decir que vive el trabajador (aunque, repito, es cierto que también el veo cierta lógica). Otra cosa es que, sobretodo para desplazamientos prolongados o regulares, consciente, en su caso, de esa mayor proximidad o facilidad de acceso de desde el domicilio de un trabajador en cuestión al lugar al que le desplazo, pueda considerar la posibilidad de negociar un acuerdo específico con ese trabajador en concreto (en plan "win-win").
En nuestro caso fijamos una distancia mínima por debajo de la cual no hay compensación, distancia siempre tomando como referencia el centro de trabajo, no el domicilio del trabajador. Así, por ejemplo, si el centro de trabajo está en Barcelona/Plaza Catalunya y el trabajador debe desplazarse (sin necesidad de pasar por el centro de trabajo de referencia, que ese es otro matiz, como después veremos) por ejemplo a Plaza España, no hay compensación. No sé si le queda más cerca ô le va mejor Plaza Catalunya o Plaza España, pero no entro en eso, no hay compensación porque no supera la distancia mínima fijada por la política de Empresa y reflejada también en el contrato de trabajo. Como esa distancia mínima es, pongamos por ejemplo, de 15 km. , si resulta que el trabajador ha de ir a Cornellá, o a Cerdanyola, tampoco le debo compensar nada, viva donde viva.
Ahora, a partir de esa distancia, teóricamente sí. Otra cosa es que, por ejemplo, si yo vivo en Badalona y me toca ir a Montgat (a más de 15 km de mi centro de trabajo en Plaza Catalunya pero a pocos km de Badalona) no se me ocurra pasar kilometraje (pero, en teoría, podría).
Estamos hablando de desplazamientos directos a otro lugar distinto de mi centro de trabajo (que me puede quedar más cerca o mas lejos de mi domicilio, pero ese es mi problema, yo he aceptado un trabajo en tal centro de trabajo, asumiendo dónde vivo o dónde puede decidir cambiarme a vivir, pero eso no es problema de la empresa). Bien, pero si lo que ocurre es que debo hacer un desplazamiento desde mi centro de trabajo a otro lugar (en el ejemplo que ponía, voy a mi centro de trabajo en plaza Catalunya y desde ahi, por ejemplo, para realizar unas gestiones, debo desplazarme a otro lugar, a penas a pocos km (sin superar el umbral de 15 km del ejemplo que he puesto, aunque sean apenas 3 o 4 km). Puedo pedir la compensación por ese desplazamiento adicional desde mi centro de trabajo (y por la distancia desde mi centro de trabajo, claro). Ya dependerá de si tengo que volver a pasar de regreso a mi centro de trabajo o no, de si compenso la distancia de ida o vuelta o solo de ida. Me estoy refiriendo, insisto, a un desplazamiento desde mi centro de trabajo que no supera el umbral de los 15 km. Si los supera, obviamente, podré pasar lo que corresponda de ida y vuelta (al centro de trabajo, aunque no regrese) incluso si vuelvo directamente a mi casa.
En definitiva, será cuestión de ver si hago desplazamientos adicionales (y cuántos) a los 2 habituales para ir a mi centro de trabajo y la distancia entre el centro de trabajo y el otro destino, todo ello haciendo teóricamente, abstracción del lugar donde vivo (aunque al final pueda aplicar también un poco de sentido común, claro, pero no lo exigimos ni controlamos).
En fin, es nuestro sistema (por supuesto mejorable y no exento de situaciones potencialmente incongruentes).
Saludos