Control remisión partes IT

Sadie

Miembro activo
Al parecer se me pasó grabar un parte de alta el mes pasado y hoy me han dado un toque por SILTRA, recordándome que en 3 días hábiles hay que grabar los partes de baja , confirmación y alta y que de no hacerlo sería una infracción de las tipificadas en el art 21.6 LISOS. Me han dado 10 días para grabar dicho parte.
 

campus34

Miembro conocido
Y si es el empleado quien se pasa con su plazo?

Sobre todo en maternidades, el alta médica me lo envían pasado 8/10 días. ¿Es la empresa quien pagaría en ese caso la sanción o sería el empleado (cosa que dudo)?

Saludos,
 

Sadie

Miembro activo
Creo que algún compañero alguna vez comentó que en esos casos le pide al trabajador que le firme un papel en el que conste la fecha en la que entrega el parte
 

Ro

Miembro activo
campus34 dijo:
Y si es el empleado quien se pasa con su plazo?

Sobre todo en maternidades, el alta médica me lo envían pasado 8/10 días. ¿Es la empresa quien pagaría en ese caso la sanción o sería el empleado (cosa que dudo)?

Saludos,

En caso de maternidad lo normal es que la trabajadora avise de la fecha del parto, para una posible sustitución bonificada, si es así ya puedes enviar el alta de i.t. con fecha anterior al parto, y si está de baja por riesgo la Mutua les dice que deben comunicar el parto cuanto antes, y suelen hacerlo.
 

fundación

Miembro conocido
campus34 dijo:
fundación dijo:
En maternidad no hay alta médica.

Me refiero al alta médica de la IT previa a la maternidad. Nunca me la envían antes de 3 días.

Ya, suele pasar. El sistema informático de la mutua últimamente me notifica los movimientos (baja, alta, confirmación) incluso antes de recibir el parte.
 
Arriba