Salario empleada hogar

lledo

Miembro
Empleada de hogar que trabaja 10 horas semanales. El calculo del sueldo seria 7.04 x 10 horas semana y por cuatro semanas, es decir tendría que pagarsele  281.60 euros o hay otra forma para calcularlo. 
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, no es así.

LAs 7,04 euros hora son para contratos que duren unas horas. Pero si el contrato es indefinido (como imagino) se calcula así (pagas extras prorrateadas): 1050*25% jornada=262,50 euros mes brutos.

Es un error muy típico de algunos funcionarios de la seguridad social, que confunden hacer jornada parcial por retribución por horas, pero la ley del SMI habla especificamente que la jornada reducida se retribuirá según el porcentaje de jornada, no por horas.

 

Ro

Miembro activo
Todo depende de cuántos días trabaje al año. Menos de 120 o más?? En función de eso se pagará por horas ( incluyendo salario, pagas y vacaciones) a 7,04 euros/hora si trabaja menos de 120 días o se calcularía a porcentaje del SMI, más disfrute de un mes de vacaciones,  si trabaja más de 120 días al año.
 

Mc

Miembro activo
Buenos dias , 

  Hoy mismo en Seguridad social me han dicho que se cambió el criterio del cálculo de salario de las empleadas de hogar desde abril del año pasado, según ellos , es un criterio interno,  que no aparece en ningún sitio, y a pesar de lo que sigue poniendo en la web de trabajo .

  Así que el SMI sólo lo aplican a trabajadores a tiempo completo ,  y para el resto ( aunque trabajen más de 120 días ) les corresponde el cálculo de  7,04 X 4 X horas trabajadas .  Me comentan que además creen que cuando se haga una variación de salario en red, no te admitirá otra cosa que no sea salario hora . Esto hasta que no lo haga no tengo idea ni la admon. tampoco …. para variar.

Le he preguntado entonces que pasa con la vacaciones, porque es  el salario hora está incluido no? …..  no tiene ni idea de nada más  .

Bueno que me ha hecho una variación a 01 de enero de 2020 con el salario hora porque sino lo enviaba a inspección ……  8)

Pues nada, pregunta  …….  Sabéis algo de esto ?  Que pasa con las vacaciones ?  se paga ese mes ? Y la gente que estaba con el cálculo SMI y que cobraba 12 meses  ?  Ahora ya no cobraran 11 meses pero se cotizaran 12 ?

Yo alucino ….. es que es imposible hacer las cosas bien  o que … ¡!!!  :'(
 

Ferinho

Miembro activo
Ro dijo:
Todo depende de cuántos días trabaje al año. Menos de 120 o más?? En función de eso se pagará por horas ( incluyendo salario, pagas y vacaciones) a 7,04 euros/hora si trabaja menos de 120 días o se calcularía a porcentaje del SMI, más disfrute de un mes de vacaciones,  si trabaja más de 120 días al año.

De acuerdo con Ro.

Con respecto al año pasado y al sistema red, puedo asegurar que si te admite el salario hora prorrateado del SMI.

año 2019: 1050 al mes 40 horas a la semana, 6,56 salario hora (si pones menos de 6,56 da error). y te lo coge perfectamente. Y en mi administración me confirmaron que es correcto.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El criterio de seguridad social es erróneo, MC. Solo falta que, encima de lo mucho que ha subido el SMI, tengamos que decir a los  clientes que aún pagaremos más, porque lo diga la TGSS. Yo, de momento, prorrateo el SMI en función de la jornada (que es lo que dice el RD que regula el SMI: pagar  a prorrata). Si trabaja menos de 120 días al año, es otra cosa, porque en el sueldo no entran ni vacaciones, ni muchas veces salario de fin de semana.

No puedo, sencillamente no puede decir a la gente que, además del subidón que ha representado el SMI, tenga que aplicar una interpretación manifiestamente errónea y pagar (al menos,. cotizar, ) aún más. Por cierto, esa información, ¿te la  han dado en tu administración? porque es una casa de locos toda administración.

Cambiaron en abril la interpretación? Qué coño, pero si en abril de 2019 ya existía dicho criterio, tal como puedes ver en el presente post.
 

Mc

Miembro activo
  Si , Fernando ,esta misma mañana ..... que en enero 2019 admitian las 2 formas de calculo , por salario hora y por SMI ,pero que en abril ya fijaron el calculo como lo explico , porque ademas, segun me ha dicho,  ellos siempre habian pensado que era la forma correcta de calcularlo ....

  Les he comentado lo de los 120 dias , les he enseñado la web de trabajo ...... y nada .... que no.  Nada que hacer .... Ya te digo que a mi cliente le hicieron la variacion ellos desde 1 de enero 2020 , aplicandole el 7,04 .... sin opciones .

  Jajaja ........ increible porque tampoco me lo ha justificado con ningún doc. aunque fuera interno pero ..... mira ! En fin , no se si hacer la consulta a través del buzon de tgss o pasar directamente y hacer lo que me de la gana.  :-X  (si red me lo permite , claro)



 
 

Mc

Miembro activo
 
  Al final hice la consulta al buzon de seg. social  y esta es la respueta  :  Les pregunte por una empleada a 20 horas tiempo parcial no por horas .

Cómo nos encontramos ante una empleada de hogar que realiza menos de 160h/mes  se le aplica la retribución por horas, que conlleva un salario mínimo de 7.04  euros la hora. Cómo realiza 80 horas al mes, el tramo que le corresponde es el  tramo 4 con una cotización total de 152,61 euros.

Les dan la razon a los de mi administracion : 40 horas con SMI , resto por horas .. 

 

FERNANDO

Miembro conocido
Bien, para empezar la consulta no es vinculante. Y, bajo mi punto de vista no tiene razón. Además, es aberrante, porque cobra más el tío que hace 37,5 horas a la semana, 1056 euros, horas que el que hace 40, 1050 euros.

Yo seguiré pagando prorrateando cuando las trabajadoras lo hacen a tiempo parcial y son indefinidas (o sea, trabajan todos los días del año, menos su fin de semana y sus vacaciones -que cobran y cotizan ,claro).
 
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