Perdida Beneficios por Deuda Trabajador

InmaRase

Miembro activo
Buenos días,

Hiceo un contrato 130 Indefinido Para personas con discapacidad el pasado 1 de Abril.
Al momento de hacerlo no tuve problema pero ahora al enviar los Seguros Sociales y comprobar el IDC veo que me aparece que he perdido la bonificación por el motivo "Deudas Tributarias" pero en el lado del trabajador.

Os adjunto foto para que veais,

Es la primera vez que me ha pasado la verdad, es decir, si el trabajador tiene deudas con Hacienda la empresa no puede bonificarse por el? OS ha pasado a alguien mas?

GRACIAS!
 

Marcos N

Miembro
Me temo Inma que la deuda tiene que ser de la empresa. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias es requisito exigible a la empresa no al trabajador. El tb. tiene que cumplir otros requisitos, pero ese no.
 

InmaRase

Miembro activo
Pues muchas gracias, eso pensaba yo y me parecia imposible y de echo llamo a Sistema Red y aun me lo confirman sabes?
Le digo pero por tener el trabajador deudas tributarias? y me dice si si puede ser llama a la Agencia Tributaria ... como si fuera tan fácil ajajaj, en fin.
Lo peor es que la empresa lo que tenia es un aplazamiento, no deuda, así que a ver como apaño la movida,

GRACIAS!
 

ManuelSM2

Miembro
InmaRase dijo:
Pues muchas gracias, eso pensaba yo y me parecia imposible y de echo llamo a Sistema Red y aun me lo confirman sabes?
Le digo pero por tener el trabajador deudas tributarias? y me dice si si puede ser llama a la Agencia Tributaria ... como si fuera tan fácil ajajaj, en fin.
Lo peor es que la empresa lo que tenia es un aplazamiento, no deuda, así que a ver como apaño la movida,

GRACIAS!

Quizás sean ambas cosas y lo que te ha saltado es la deuda de la empresa en realidad. Ocurre a menudo con los aplazamientos por tema de cruce de datos entre Hacienda y Seguridad Social.
 

Cachilipox

Miembro conocido
InmaRase dijo:
... la empresa lo que tenia es un aplazamiento, no deuda, ...

Esta es la razón.
Cuando tienes un aplazamiento con hacienda, cada periodo de pago te sale "sin deudas" o "con deudas pendientes". Durante los días en que hacienda no ha generado el recibo-liquidación de pago de la cuota mensual, el expediente es estar sin deudas. Pero en el momento en que hacienda genera el correspondiente recibo-liquidación de la cuota mensual, el expediente formal es "con deudas", hasta que se pague ese recibo mensual.
Es una situación muy fastidiosa en caso de necesitar certificados de estar al corriente de pagos, pues debes ir con ojo de que días lo solicitas, pues unos días saldrá de una manera, y otros de otra.

 

Ro

Miembro activo
La deuda es por el aplazamiento de la empresa, nada tiene que ver con las deudas del trabajador ( la bonificación no depende de eso). Presenta el último pago del aplazamiento por sede en aeat y solicita el certificado a fecha concreta del alta, lo.presentas en TGSS y problema resuelto.
Eso que salte deuda con los aplazamientos mientras no vean el pago es un incordio monumental.
 
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