Buenos días
Un trabajador realiza una jornada de 40 horas
Por necesidades de la empresa, debe prestar sus servicios en el centro de trabajo de un cliente.
Empresa y trabajador pactan que el salario será el mismo pero que su jornada será de 35 horas en lugar de 40.
En caso de comunicar a la TGSS la reducción de jornada, esto afectaría al trabajador a efectos de jubilación y no entra en los planes de la empresa que el trabajador salga perjudicado.
¿Podría haber alguna sanción de la TGSS por trabajar 35 horas y cotizar 40?
Gracias
Un trabajador realiza una jornada de 40 horas
Por necesidades de la empresa, debe prestar sus servicios en el centro de trabajo de un cliente.
Empresa y trabajador pactan que el salario será el mismo pero que su jornada será de 35 horas en lugar de 40.
En caso de comunicar a la TGSS la reducción de jornada, esto afectaría al trabajador a efectos de jubilación y no entra en los planes de la empresa que el trabajador salga perjudicado.
¿Podría haber alguna sanción de la TGSS por trabajar 35 horas y cotizar 40?
Gracias