Buenos días;
Me ha entrado un caso muy concreto pero tengo dudas en cuanto a cómo liquidar al trabajador:
-la administración sanitaria obliga a 1 farmacia a un cierre forzoso cuando el titular ha cumplido 70 años, no ha podido traspasarla debido a una concesión muy particular que tenía y que le obligaba tan solo a esta concesión por un tiempo, ya ha recibido la resolución definitiva de cierre.
Mi duda es:
-debo calcular la liquidación de la trabajadora en base al arrtículo 49 .1 g) o pensáis que podría ser un improcedente puesto que la actividad seguiría pero con otro titular en condiciones normales.
muchas gracias de antemano.
m
Me ha entrado un caso muy concreto pero tengo dudas en cuanto a cómo liquidar al trabajador:
-la administración sanitaria obliga a 1 farmacia a un cierre forzoso cuando el titular ha cumplido 70 años, no ha podido traspasarla debido a una concesión muy particular que tenía y que le obligaba tan solo a esta concesión por un tiempo, ya ha recibido la resolución definitiva de cierre.
Mi duda es:
-debo calcular la liquidación de la trabajadora en base al arrtículo 49 .1 g) o pensáis que podría ser un improcedente puesto que la actividad seguiría pero con otro titular en condiciones normales.
muchas gracias de antemano.
m