Denegación de incapacidad permanente y nueva incapacidad temporal.

Buenos días,

Tenemos un trabajador que ha estado de baja 545 días. Ayer nos ha llegado la denegación de la incapacidad permanente por lo que hoy se ha presentado en el puesto de trabajo pero ha dicho que no puede trabajar. Ha traído todos los informes y ha demostrado todas las patologías que padece que no son pocas...

Ha ido a pedir un nuevo parte de baja porque no puede trabajar.. tengo dos preguntas en este punto del procedimiento.

La empresa ya había cesado en la obligación de cotizar por él, ¿debe empezar a abonar la cotización de nuevo?
El convenio colectivo complementa el 100% de los emolumentos en caso de IT hasta un año, ¿debemos empezar de nuevo a pagarle el 100% de su salario?

Gracias y saludos
 

ferrarito

Nuevo miembro
Si le han denegado la incapacidad, pues tendrá que presentarse a trabajar.
Podrá, si quiere, impugnar la denegación de la incapacidad.

Me supongo que el médico de cabecera no le pueda dar un nuevo parte de baja
 
Hola testa, gracias por responder.

Efectivamente, se ha presentado a trabajar, pero ha comunicado que no puede y que iba al médico para que le dieran una nueva baja...

También entiendo que el médico de cabecera no le dará el alta y que debería impugnar el alta.

Nunca se me había dado este caso la verdad. Llegado este punto o había IP o se incorporaba curado, pero en este caso se ha incorporado aún con dolencias.. no entendemos nada, pero es lo que tenemos.

No se como debemos proceder en caso de que le den una nueva IT
 

ferrarito

Nuevo miembro
El trabajador tiene obligación de incorporarse a su puesto de trabajo.
Si no esta en condiciones de trabajar, pues que impugne el alta.

Si el trabajador no impugna el alta, no presenta parte de baja en la seguridad (que no podrá), y no se presenta a trabajar, pues ya sabes, DESPIDO, por no presentarse a su puesto de trabajo
 
El trabajador se ha presentado a trabajar, ha dado sus explicaciones, ha dicho que no puede trabajar y se ha ido al médico.

Entiendo que sanciones o despido aún no proceden pues el hombre la verdad que ha cumplido y la empresa tampoco se plantea esas opciones, quiere lo mejor para él. Está claro que si no se hubiera presentado o no hubiera dado señales de vida alguna sanción caería pero por ahora no barajamos esa opción.

Todos entendemos que debe impugnar ese alta, pero mientras eso pasa, el trabajador no puede presentar un nuevo parte de baja (emitido por quien corresponda)??

Si pasa cualquier de las dos cosas (impugnación de alta o emisión de nuevo parte), ¿en qué situación se queda la empresa con respecto a la cotización? ¿en qué situación se queda el trabajador con respecto al subsidio? ¿en qué situación se queda la empresa con respecto a su salario? ¿debe trabajar con su dolencia? ¿si se niega a trabajar por no estar en condiciones?

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, parte de baja médica lo puede presentar si se lo da el médico de cabecera. Otra cosa es el percibo de la prestación, la cual la debe autorizar el INSS en todo caso.
 
Buenas tardes, gracias por las respuestas..

Pues tal y como veníamos pensando, el trabajador ha presentado un nuevo parte de baja por recaída del proceso anterior... En este punto, el pasado día 7 al trabajador se le ha dado de alta (en afiliación) por habernos llegado la denegación de la incapacidad permanente. La fecha del parte de baja es del mismo día 7..

El trabajador hacía tiempo que estaba en pago directo y desde febrero la empresa había dejado de cotizar por él. Ahora, al haberle dado de alta (en afiliación) se generará cotización pero esta de baja por recaída de IT y no tenemos claro como proceder.

La empresa no le va pagar el salario pues ya estaba en pago directo pero tenemos la duda de qué pasará con la cotización, la empresa debe cotizar por el de nuevo?

Agradecería cualquier aportación.

 
Buenos días, seguimos con este tema.....

En seguridad social me han dicho que no existe obligación de cotizar, pero que el único competente para darle una nueva baja es el INSS y no el médico de cabecera.

Después de haber aparecido con la baja el viernes día 7, hoy viernes día 14 nos manda el alta.

Le hemos dicho que el lunes debe venir a trabajar y dice que no tiene porque hacerlo porque a él no le ha llegado notificación de la denegación de IP, ¿puede hacerlo?

Él sabe que se la han denegado pues se lo ha dicho la empresa y además tiene un nuevo alta del SPS....

¿Procederán las sanciones pertinentes o al no haber recibido notificación puede darse por no enterado?

Saludos y gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, la norma entiende que deba ser informado fehacientemente, pero es un error no incorporarse una vez conoce la realidad. Yo le enviraría un burofax, facilitándole copia de la resolución administrativa que ha llegado a la empresa. Si aún así no se reincorpora, pues entiendo se puede despedir. Eso sí. puede pedir una nueva baja médica al médico de cabecera. Otra cosa es que que no se le conceda la prestación por parte del INSS (que es quien la debe conceder).
 
Buenos días,

Seguimos con este tema. Trabajador se ha reincorporado y le han vuelto a dar una baja.

No entendemos como el INSS le deniega la incapacidad permanente pero sí le dan una nueva baja.. Ahora mismo lleva desde el día 7 de junio de baja, justo el día después de haberle denegado la IP.

Se le puede reclamar al INSS alguna responsabilidad? La empresa ha empezado a cotizar por él y se le ha vuelto a pagar su salario pues se preveía que se volvería a incorporar...

Estoy bastante perdido con este tema, alguna sugerencia sería de gran ayuda.

Gracias y saludos.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Supongo que la baja será derivada de otra causa médica distinta a la enfermedad de la cual le han denegado la permanente.
 
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