BAJA IT PAGAS EXTRA

nayade

Miembro activo
Buenos días, a la hora del cálculo de las pagas extra un trabajador ha estado de baja por enfermedad común, en convenio en el bajas por it solo vienen las mejoras en el periodo de baja y en pagas extra cita textualemte" estas gratificaciones, serán abonadas en proporción al tiempo trabajado, en el primer semestres para la paga del 24 de junio y en el segundo para la paga de Navidad" lo de serán abonadas en proporción entiendo que es si se les ha contratado durante ese periodo, a la hora del cálculo de la paga entendéis que debe cobrarla íntegra o por el tiempo que no ha estado de baja??
 

nayade

Miembro activo
Dice: "En los casos de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común con intervención quirúrgica, se abonarán los siguientes complementos: del día 4º al 20º hasta el 70% de la prestación económica de la Seguridad Social que le corresponda por tal concepto; a partir del 21º al 40º, hasta el 85% de la prestación económica de la Seguridad Social que le corresponda por tal concepto y a partir del día 41º hasta el 100% de dicha prestación económica.
En los restantes casos de Incapacidad Temporal, por la empresa se cumplimentará hasta el 75% de la prestación económica de la Seguridad Social a partir del día 15ºdía"
Qué complicados!
 

Ro

Miembro activo
En la paga extra tienes que descontar los días de baja por enfermedad común.
 

DavidGA

Miembro activo
Con carácter general, las pagas extraordinarias han de liquidarse en proporción al tiempo de prestación de servicios, sin computar los días en que el trabajador ha permanecido en situación de incapacidad temporal
 
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