HORAS COMPLEMENTARIAS O VARIACION JORNADA

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Me surge el caso de una peluquería que tiene una trabajadora a tiempo parcial 22 horas y media a la semana, y ahora en julio y agosto va a necesitar que durante unos días realice mas horas y me imagino que en algún mes más durante el año también.

Que es mas conveniente¿ hacer un pacto de horas complementarias o cada vez que aumente la jornada un escrito y variación de jornada en la seguridad social?

Un saludo
 

ferrarito

Nuevo miembro
Lo mas cómodo, al menos para mi, son horas complementarias.
Hay un limite, del 30% de la jornada.
Así que si no te pasas de ese 30% en computo anual, haz horas complementarias



 

VaneAlon

Miembro conocido
Para hacer horas complementarias, tengo que comunicarlo al SEPE  y hacer un escrito entre trabajador y empresario con los días que las realiza, pero no tengo que variar en seguridad social la jornada verdad?
 

martada

Miembro
Y siguiendo con el tema de horas complementarias me surge 1 duda: LAS HORAS COMPLEMENTARIAS VOLUNTARIAS SE DEBEN COMUNICAR EN CONTRAT@?
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Y para calcular las horas complementarias que puede hacer, si ha comenzado el contrato de trabajo en el mes de abril hago la parte proporcional y eso comunico al SEPE  o ¿comunico las horas del todo el año completo?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si el contrato es indefinido, existe la posibilidad de horas complementarias voluntarias (u ofrecidas), artículo 12.5.g del ET.
Límite 15 % de la jornada contratada. Sin necesidad de comunicar nada al SEPE.

Si es contrato temporal, o libre distribución de jornada por parte de la empresa (10 % de la jornada), o pacto escrito, comunicado al SEPE, de horas complementarias (30 % jornada según ET, convenios pueden aumentarlo).
 

ferrarito

Nuevo miembro
VaneAlon dijo:
Buenos días,

Y para calcular las horas complementarias que puede hacer, si ha comenzado el contrato de trabajo en el mes de abril hago la parte proporcional y eso comunico al SEPE  o ¿comunico las horas del todo el año completo?

Solo hay que comunicar al sepe, el anexo de sobre el pacto de horas complementarias.
Las complementarias son un máximo del 30% sobre las horas pactadas en el contrato de trabajo. Pero no necesariamente hay que hacer ese 30%. Pueden ser menos, pero nunca más.
Las horas complementarias, serán desde que se pacten.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Hola

Pero en el anexo de horas complementarias que se envía al SEPE hay que poner el número de horas máximo y es hay donde entiendo que tengo que poner el 30% desde que se comienza a realizar dichas horas que en este caso aunque el contrato ha empezado en abril las horas se realizan en julio, a ver si el cálculo que hago es correcto:

1735 *56,25%= 975,94 horas *30% = 292,78 hora al año, como las horas comienza a reálizarlas en julio el máximo de horas sería (292,78 *6) /12= 146,39 horas
 

fundación

Miembro conocido
El formulario oficial del SEPE indica las horas complementarias "anuales", no del contrato específico en cuestión, por tanto extrapola al año,  en base a la jornada manifestada y los límites legales del nº de complementarias.
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Yo aplicaría distribución irregular de la jornada.

¿Habría que preavisar con 5 días de antelación?. ¿Si no se hace se corre el riesgo de que un supuesto exceso de jornada una Inspección de trabajo lo catalogue como fraude al entender que esta haciendo horas de más respecto a las pactadas en contrato de trabajo?
 
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