DUDA VACACIONES

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Se me plantea la siguiente duda, tengo una empresa que las vacaciones son 30 días naturales, al realizar el calendario laboral sale un exceso de 249 horas que serían 31 días, si un trabajador de esa empresa solicita un de vacaciones un viernes se le descuenta también el sábado y domingo, o ese exceso de horas son laborales y solo hay que descontar un día?
 

ferrarito

Nuevo miembro
Cuando se hace el cuadrante del año, si el convenio por ejemplo dice que se trabajaran 1800 horas, eso son 225 días laborables. Descuentas sábados, domingo, fiestas, vacaciones (supongamos que 22 días laborables), y puede ser que todavía les quede algún día de más.

En mi caso, en mi empresa este año han salido 2 días más de vacaciones o permisos. Y cuando se firman las vacaciones, pues esos 2 días se llega a un acuerdo con el comité de empresa (No trabajar el 24 de diciembre, y el 31 de diciembre)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
testa dijo:
Cuando se hace el cuadrante del año, si el convenio por ejemplo dice que se trabajaran 1800 horas, eso son 225 días laborables. Descuentas sábados, domingo, fiestas, vacaciones (supongamos que 22 días laborables), y puede ser que todavía les quede algún día de más.

En mi caso, en mi empresa este año han salido 2 días más de vacaciones o permisos. Y cuando se firman las vacaciones, pues esos 2 días se llega a un acuerdo con el comité de empresa (No trabajar el 24 de diciembre, y el 31 de diciembre)

Exacto, eso lo que hacemos nosotros, pero, recuerda que no necesariamente las jornadas son siempre de 8 horas diarias. Pero sí, si, por ejemplo, el convenio fija la jornada laboral anual en 1.800 horas, con una jornada regular de 8 horas diarias cuadra con fijar justo 225 días hábiles (una vez descontadas vacaciones y, en su caso , otros festivos a días adicionales que se puedan añadir).
Y habrá que ver en cada localidad si hay varios centros de trabajo, que, por ejemplo, puede suceder que no todas las localidades tengan el mismo número de festivos oficiales de lunes a viernes (si la jornada es de lunes a viernes, claro) y puede tocar hacer algún ajuste adicional en algún centro de trabajo.

Por eso, cuando se plantea el tema de cómo computar el disfrute de los días de vacaciones naturales, siempre me pregunto si se está reparando en su incidencia a nivel de jornada anual.

Saludos
 
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