encuadramiento

NOEMI

Miembro conocido
Buenas!! por confirmar, tres administradores 33% cada uno
A y B hermanos, no conviven.

Tengo que dar de alta al hijo de A (convive con el padre),¿régimen general verdad?

 

BSK

Miembro activo
El artículo 305 de la Ley General de la Seguridad Social dice:

"Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado."

Por tanto, si A no llega a la mitad del capital, el hijo va a general.
 
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