Gastos de personal

JoseKB

Nuevo miembro
Buenas tardes.

Tengo ciertas dudas al respecto en el tema de Gastos de personal.

Personal exclusivo de Oficina. Código de ocupación "a" pasa como gastos de personal todos los días laborables como dieta la comida del día.

Creo recordar un ejemplo por ahí de una inspección que obligó al empresario a cotizar por ese concepto ya que consideraba que este personal no podía pasar gastos de personal.

Alguien sabe algo al respecto?

Muchas Gracias de antemano.

 

Mr. White

Miembro activo
La empresa puede pagarles la comida si quiere, pero no como dieta, que están exentas de IRPF y SS, y exigen desplazamiento a municipio distinto del centro de trabajo habitual y del domicilio del trabajador/a...y eso no es porque lo diga la inspección, es porque lo dice la normativa de IRPF y SS...

Lo suyo son los cheques/tarjeta gourmet, que están exentos de IRPF hasta los 11 euros...
 
Arriba