Hola a todos,
Me suena que esto se habló hace tiempo, y no he sido capaz de encontrar el hilo. Así q lo expongo nuevamente:
La Ley General de la Seguridad Social establece:
"Artículo 173 Nacimiento y duración del derecho al subsidio
1. En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja."
Yo interpreto que el día del ACCIDENTE va a cargo del empresario, y al día siguiente ya se hace cargo la mutua.
Mi caso: El accidente fue el día 2, y la fecha de baja que figura en el parte es del día 4.
El accidente fue el 02/08, y entiendo que la baja también tendría que ser de esa misma fecha (02/08):
Así el 02/08, día del accidente, el salario lo pagará la empresa.
Y el día siguiente de la baja (03/08) la prestación irá a cargo de la mutua.
Si el accidente es del día 2 y la baja del 4, la empresa se hará cargo de los días 2 (esto es correcto), el 3 y 4. El trabajador no trabaja desde el día 2. No tiene sentido.
Cómo lo veis? O es que estoy confundida?
Gracias y saludos,
Me suena que esto se habló hace tiempo, y no he sido capaz de encontrar el hilo. Así q lo expongo nuevamente:
La Ley General de la Seguridad Social establece:
"Artículo 173 Nacimiento y duración del derecho al subsidio
1. En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja."
Yo interpreto que el día del ACCIDENTE va a cargo del empresario, y al día siguiente ya se hace cargo la mutua.
Mi caso: El accidente fue el día 2, y la fecha de baja que figura en el parte es del día 4.
El accidente fue el 02/08, y entiendo que la baja también tendría que ser de esa misma fecha (02/08):
Así el 02/08, día del accidente, el salario lo pagará la empresa.
Y el día siguiente de la baja (03/08) la prestación irá a cargo de la mutua.
Si el accidente es del día 2 y la baja del 4, la empresa se hará cargo de los días 2 (esto es correcto), el 3 y 4. El trabajador no trabaja desde el día 2. No tiene sentido.
Cómo lo veis? O es que estoy confundida?
Gracias y saludos,