Permiso de lactancia. Alta en Empresa posterior al nacimiento

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola, planteo el tema, que entiendo no está regulado expresamente ni me consta jurisprudencia específica respecto al mismo (pero si alguien tiene alguna referencia, le estaré muy agradecido la comparta), pero por si alguien se ha encontrado con el caso (y contrastar experiencias) o bien, como referente, si conoce algún convenio o política de empresa que contemple de forma expresa esta situación.

Imaginad el caso de un empleado de nueva incorporación, que ha tenido un hijo de forma previa a su fecha de alta pero sin que aún hayan transcurrido los 9 meses desde la fecha del parto y solicita el disfrute del permiso de lactancia.

¿Alguna experiencia, referencia u opinión?

Obviamente, a partir de ahí nos podemos plantear cuestiones o matices adicionales (si ha disfrutado o no del permiso en una empresa anterior, en qué modalidad, si la empresa contempla alguna mejora respecto a este tema y sin más matices respecto al momento de nacimiento y fecha de incorporación, si, aunque la solicitud es ahora, el nacimiento fue previo a la entrada en vigor del RDL de marzo pasado y que permite el disfrute simultáneo de los dos progenitores en caso de que ambos trabajen, y por tanto plantear el requisito de la renuncia o no derecho al disfrute del otro progenitor,  etc.).
Pero de momento empecemos por el mero hecho de solicitarlo tras incorporarse a la empresa y con un hijo menor de 9 meses.

Así de entrada, a mi se me ocurre plantear que en este permiso el hecho causante, más que el nacimiento del hijo, es el tener un hijo que tenga, a estos efectos, la condición de "lactante".

Gracias!!

 

Mr. White

Miembro activo
Interesante tema, Nando, evidentemente no hay ningún inconveniente en que solicite el derecho de cuidado del lactante al incorporarse a la empresa pues cumple los requisitos, tener un hijo y que sea menor de 9 meses. Otra cosa es la respuesta a dicha solicitud, que es donde está la chicha y que creo debe resolverse siempre según el art.7 CC, esto es, cualquier derecho debe ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe  y la ley no ampara el abuso del derecho, ni que se sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para terceros.

Por tanto:

¿Si ha disfrutado ese derecho en su anterior empresa puede volver a disfrutarlo en la nueva? Claramente no. El lactante es uno y por tanto el permiso es uno, no hay tantos permisos como empresas estés en el periodo de 9 meses desde el nacimiento.

Y si lo que ha disfrutado en su otra empresa es el derecho de lactancia - que no el de cuidado de lactante-, ¿puede disfrutar en su nueva empresa el otro, el de cuidado de lactante? Entiendo que tampoco, pues el derecho de lactancia ya estaba, según Supremo, desvinculado del hecho biológico de la lactancia natural, considerándose por tanto como un tiempo destinado a garantizar y procurar un mayor cuidado del menor como medida de conciliación de la vida laboral y familiar del trabajado.

Por tanto, yo le pediría un certificado expedido por su anterior empresa donde se indique si ha disfrutado de uno u otro permiso -lactancia o cuidado de lactante-  y según se certifique se lo concedería o no.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Gracias a los dos, y, efectivamente, por esa línea voy.
Dentro de las dudas que el tema puede plantear, veo más defendible oponerse al disfrute del permiso en la nueva empresa si, por ejemplo, ha disfrutado del permiso de forma acumulada (se entiende que ya lo agotó con la anterior empresa).
Pero... ¿y si lo disfrutó en la anterior empresa en su modalidad "normal" (cada vez menos normal o, al menos habitual), día a día?

En este caso no lo ha disfrutado en su totalidad. El derecho al permiso subsiste hasta los 9 meses.  Y si dentro de ese periodo cambia de empresa... yo no veo un abuso de derecho el pretender simplemente mantener el permiso hasta la fecha límite que la norma contempla. O, dicho de otro modo, me parecería injusto que, por cambiar de empresa comporte la pérdida de ese derecho.
Como comentaba, entiendo que el hecho causante no es el nacimiento del hijo (que ha podido tener lugar varios meses antes de la incorporación a la nueva empresa) sino el tener un hijo menor de 9 meses o "lactante" a estos efectos.

Imaginad de cambia de empresa a los pocos días del nacimiento del hijo.Pongamos que poco después de haber disfrutado de las dos primeras semanas obligatorias (para el padre o progenitor no biológico) del permiso por "nacimiento y cuidado del menor", habiendo disfrutado apenas unos pocos días del permiso por cuidado del lactante, con más de 8 meses aún por delante hasta que éste cumpla los 9 meses...  ¿no va a poder disfrutar del permiso en la nueva empresa por haber disfrutado de la hora de ausencia o la media hora de reducción durante unos pocos días??

¿Cómo lo veis?
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Nando!

Creo que todos opinamos lo mismo:
-Si lo ha acumulado y disfrutado en su totalidad en una empresa anterior, ya no tiene derecho a volverlo a disfrutar
-Si no lo acumuló, sino que tenía la reducción de la media o la hora completa, pues sí que sigue teniendo derecho a esa reducción hasta que cumpla los 9 meses.

Qué paséis un buen dia!!!
 
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