Recurso alzada o reclamación previa

depaula

Nuevo miembro
El caso es señor que cobrando subsidio para mayores de 52 desde el año 2010 en el año 2015 contrae matrimonio. Normalmente este señor trabajaba una temporada, suspendía el subsidio, y luego lo reanudaba. El problema es que en el año 2014 y luego varias veces más hasta el día de hoy la que lo contrataba era su cónyuge. Hacía lo mismo, reanudaba el subsidio al estar contratado en regimen general.
El SEPE que se entera y manda a la inspección. Y tenemos:
Acta de inspección dándole de alta en autónomos y reclamándole cuotas.
Oficio de la TGSS dando altas y bajas en autónomos y anulando los contratos en régimen general.
Acta de sanción por falta muy grave con extinción de la prestación y solicitud al SEPE para que reclame cantidades indebidamente cobradas.
Carta del SEPE suspendiendo cautelarmente la prestación.

La pregunta es, ya que solo me interesa impugnar el acta de infracción, de la inspección, la de liquidcación creo no hay nada que hacer, tengo que ir por el acta (alegaciones y recurso alzada) o por la del SEPE cuando llegue, reclamacion previa y demanda ante lo social, o por las dos.....
 

Aslasa

Miembro
Yo cuando me ocurre una de estas, impugno todo, y si te sale bien la primera ya vas con más fuerza a la segunda.
 

Mr. White

Miembro activo
Correcto, hay que impugnarlo todo porque si no se convierten en actos consentidos y te complica el resto de impugnaciones...
 

depaula

Nuevo miembro
A ver si no estoy liado, en este caso, una sanción a un beneficiario por desempleo, sancion muy grave con extinción, por un lado esta el acta y contra esta, alegaciones, recurso de alzada, ¿contencioso? y por otro resolución del SEPE, reclamación previa, juzgado de lo social....es correcto? ¿Hay que ir por dos lados?
 
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